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The Facts and Norms Newsletter #6

Actualizado: 23 jul

ISSN 2965-8780

30 Junio 2024 | Nº. 6

Equipo Editorial: Henrique Napoleão Alves, Sarah Ebram Alvarenga, João Fernando Martins Posso, Felipe Martins Anawate *

* Attributions: research and data gathering: SEA, JFMP; research supervision, headlines and summaries, final edition: HNA; Portuguese edition: FMA, HNA.


Editorial

 

Este número le ofrece una cobertura completa de las últimas decisiones y deliberaciones de la Corte Internacional de Justicia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y la Corte Europea de Derechos del Hombre.


La CIJ recibió 31 declaraciones escritas como parte del procedimiento consultivo sobre el derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT. La Corte también recibió nuevas intervenciones de Palestina y México en el caso Gaza (Sudáfrica contra Israel) sobre acusaciones de genocidio.


La Corte Interamericana de Derechos Humanos emite un fallo histórico que declara a Argentina responsable de violaciones de derechos humanos en el caso del atentado contra la AMIA, un ataque terrorista contra un centro comunitario judío. ¡No se pierda nuestro resumen de la sentencia en las noticias a continuación!


La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos también emitió nuevas sentencias, incluida una importante sentencia que ordenaba a Tanzania revocar las sentencias de muerte de dos demandantes, Nzigiyimana Zabron y Dominick Damian, al considerar que el tratamiento obligatorio con pena de muerte constituía una privación arbitraria de la vida y equivalía a tratos crueles, inhumanos y degradantes.


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sigue siendo un punto de referencia para la jurisprudencia internacional en materia de derechos humanos, y abarca casos de gran importancia humanitaria, social y jurídica. En el caso interestatal Ucrania contra Rusia, la Gran Sala de la Corte condenó a Rusia por graves violaciones de derechos humanos en Crimea.


Otras nuevas sentencias del Tribunal Europeo incluyen el respeto a la libertad de expresión en Moldavia en medio de una campaña contra la discriminación, la condena de Macedonia del Norte en un caso de datos personales, la declaración de culpabilidad de Polonia por violar los derechos de activistas y periodistas de Greenpeace durante una manifestación en el mar, la condena de la República Checa República. República Checa en el delicado caso de una mujer abusada por un sacerdote, defendiendo los derechos de un abogado en un caso de inspección durante una visita a una prisión en Azerbaiyán, fallando contra Armenia en el caso de una estudiante discapacitada abusada por su profesor de deportes, condenando a Rusia por la restricción injustificada del acceso a los archivos de la represión política soviética, por el respeto a la prohibición húngara del suicidio asistido en el caso de un paciente terminal de ELA, y por muchos otros.


Como siempre, nos comprometemos a mantenerlo informado sobre las últimas oportunidades académicas y profesionales. Este número incluye convocatorias de ponencias, becas, ofertas de trabajo, etc. Estas oportunidades de terceros se brindan únicamente con fines informativos. Alentamos a nuestros lectores a verificar de forma independiente sus datos de contacto.


Finalmente, la sección Noticias del Instituto destaca el papel proactivo del Instituto de Hechos y Normas al colaborar con las Naciones Unidas en nuevas investigaciones. Esta edición cubre dos nuevos estudios del Instituto sobre derechos humanos y homicidios ilegítimos de personas LGBTQI+ en las Américas, y sobre derechos humanos, inteligencia artificial y educación, con especial enfoque en los derechos de los niños.


Esperamos que este número le proporcione información valiosa y le anime a abordar algunas de las cuestiones legales más urgentes de nuestro tiempo.


Buena lectura !


Profesor Henrique Napoleão Alves, editor jefe     

  


Noticias Universales

  


●       CIJ RECIBE 31 DECLARACIONES ESCRITAS EN PROCEDIMIENTOS SOBRE DERECHO DE HUELGA (18 de junio de 2024)

En el procedimiento consultivo sobre el derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT, se han presentado 31 declaraciones escritas en la Secretaría de la Corte Internacional de Justicia. De conformidad con el artículo 106 del Reglamento de la Corte, la Corte podrá decidir hacer accesibles al público las declaraciones escritas desde la apertura del juicio oral del caso.



●       PALESTINA PIDE A LA CIJ AUTORIZACIÓN PARA INTERVENIR EN EL CASO GAZA (3 de junio de 2024)

El Estado de Palestina ha presentado ante la Secretaría de la CIJ una solicitud de autorización para intervenir y una declaración de intervención en el caso relativo a la aplicación de la Convención sobre Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel).

Palestina dice que su aplicación es a la vez “acumulativa y alternativa”. Primero solicita autorización para intervenir en virtud del artículo 62 del Estatuto de la CIJ, argumentando que, como Estado parte de la Convención sobre Genocidio, tiene un interés jurídico afectado por el caso y un “interés especial” como Estado particularmente afectado. Además, Palestina presenta una declaración en virtud del artículo 63, que autoriza la intervención cuando se cuestiona el desarrollo de una convención de la que otros estados sean parte. El texto completo de la solicitud de autorización para intervenir y la declaración de intervención de Palestina está disponible en el sitio web de la Corte.



●       MÉXICO SOLICITA A LA CIJ AUTORIZACIÓN PARA INTERVENIR EN EL CASO GAZA (3 de junio de 2024)

México ha presentado una declaración de intervención conforme al artículo 63 del Estatuto de la CIJ en el caso relativo a la aplicación de la Convención sobre Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel).

El artículo 63 permite a los Estados partes en una convención intervenir en procedimientos en los que la interpretación de la convención esté en duda, haciendo así que la sentencia de la Corte sea vinculante para ellos. México, como parte de la Convención sobre Genocidio, busca intervenir para brindar su opinión sobre las disposiciones pertinentes. Se invitó a Sudáfrica e Israel a presentar comentarios por escrito sobre la intervención de México. El texto completo de la declaración de intervención de México está disponible en el sitio web de la Corte.



●      “BREVES NOTICIAS MUNDIALES”: LIBERACIÓN DE ASSANGE Y OTRAS ORDENES DE LA CPI EMITIDAS CONTRA UCRANIA (26 de junio de 2024)

- La Relatora Especial de la ONU sobre la Tortura, Alice Edwards, acogió con satisfacción la liberación del denunciante Julian Assange, destacando que las personas deberían ser extraditadas donde pudieran recibir sanciones desproporcionadas. Destacó la importancia de investigar y procesar los crímenes denunciados por Assange para evitar la impunidad por los crímenes de guerra. Assange había estado luchando contra la extradición del Reino Unido desde 2010. Fue liberado después de un acuerdo con Estados Unidos.

- La Corte Penal Internacional (CPI) ha emitido órdenes de arresto contra altos funcionarios rusos Sergei Shoigu y Valery Gerasimov por presuntos crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad durante la invasión rusa de Ucrania. Se les acusa de ordenar ataques con misiles contra varias centrales eléctricas desde octubre de 2022 hasta marzo de 2023, causando daños civiles excesivos. La CPI dijo que el daño a los civiles era desproporcionado con respecto a cualquier beneficio militar y que ambos funcionarios ordenaron los crímenes o no controlaron adecuadamente sus fuerzas.

 

 

●       “NOTICIAS MUNDIALES BREVES”: ONU CONDENA ATAQUES TERRORISTAS EN DAGUESTAN, LLAMA A TERMINAR LA “GUERRA CONTRA LAS DROGAS”, MUJERES JEFAS DE ESTADO (24 de junio de 2024)


- El Secretario General de la ONU, António Guterres, condenó los ataques terroristas del domingo contra iglesias y sinagogas en Daguestán, Rusia, que mataron al menos a 20 personas. Ofreció sus condolencias a las familias de las víctimas y deseó una pronta recuperación a los heridos. Hombres armados abrieron fuego contra una iglesia y una sinagoga en Derbent, matando a un sacerdote ortodoxo, y también atacaron a la policía de tránsito y a otra iglesia en Makhachkala. Siguieron intercambios de disparos que provocaron la muerte de al menos 15 agentes de policía, cuatro civiles y seis militantes. Las autoridades están investigando la posible participación de células durmientes. Daguestán declaró tres días de luto.

- La relatora especial de Naciones Unidas sobre salud y derechos humanos, Tlaleng Mofokeng, ha instado al Consejo de Derechos Humanos a poner fin a la "guerra contra las drogas", calificándola de guerra contra las personas. Según ella, las políticas punitivas sobre drogas perjudican a las personas más vulnerables de la sociedad, incluidas las personas sin hogar, los pobres, los enfermos mentales, los trabajadores sexuales, las mujeres, los niños, las personas LGBT, los negros y los pueblos indígenas. Mofokeng argumentó que penalizar el consumo de drogas es la opción regulatoria más estricta y señaló que la falta de servicios de reducción de daños en las prisiones conduce a altas tasas de VIH, hepatitis C y tuberculosis. Pidió la despenalización total del consumo de drogas, citando evidencia de que políticas menos punitivas no aumentan el consumo de drogas ni los daños asociados.

- ONU Mujeres reveló que 113 países nunca han tenido una jefa de Estado y sólo 26 están actualmente dirigidos por mujeres. Estos datos fueron publicados con motivo del Día Internacional de la Mujer en la Diplomacia. La directora ejecutiva de ONU Mujeres, Sima Bahous, destacó la necesidad de dar prioridad a las mujeres en puestos de liderazgo. Al 1 de enero de 2024, las mujeres representaban menos de un tercio de los ministros en 141 países, y siete países no tenían representación femenina. Sólo el 23% de los cargos ministeriales están ocupados por mujeres. Las mujeres también están subrepresentadas como representantes permanentes ante la ONU, ocupando el 25% de los puestos de embajadores de alto nivel en Nueva York, el 35% en Ginebra y el 33,5% en Viena. Bahous dijo que la participación igualitaria de las mujeres en la gobernanza es crucial para la mejora global.

 

 

Noticias Regionales

  


●       LA CIDH ANUNCIA SU 168° SESIÓN ORDINARIA CON DELIBERACIONES Y AUDIENCIAS CLAVE EN EL CALENDARIO (15 de junio de 2024)

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrará su 168° período ordinario de sesiones del 17 al 21 de junio y del 1 al 5 de julio de 2024. Durante este período, la Corte deliberará sobre sentencias en cuatro casos contenciosos, interpretará una sentencia y celebrará tres audiencias públicas y una audiencia privada sobre ejecución de sentencias. Las sesiones serán híbridas, con actividades virtuales y presenciales.

Las deliberaciones incluirán los casos Huilcaman Paillama y otros vs. Chile (sobre la presunta responsabilidad del Estado por violaciones contra 140 personas mapuche durante las protestas de 1992); Pueblos indígenas U'wa y sus miembros v. Colombia (se relaciona con la supuesta responsabilidad internacional de Colombia por no proteger las propiedades ancestrales del pueblo U'wa y los impactos de diversas actividades en sus derechos); Leite de Souza y otros v. Brasil (involucra presuntas desapariciones forzadas y actos de violencia sexual por parte de las fuerzas de seguridad, así como el posterior asesinato de personas relacionadas, con falta de debida diligencia en las investigaciones); Ubaté y Bogotá vs. Colombia (se refiere a la desaparición de dos personas durante una operación policial en 1995 y la consiguiente impunidad).

Las audiencias públicas incluirán los casos Carrión y otros vs. Nicaragua (sobre la supuesta omisión del Estado de investigar la muerte de Dina Alexandra Carrión y de garantizar las relaciones de su hijo con su familia materna) y Collen Leite y otros vs. Brasil (en relación con las detenciones arbitrarias y la tortura de los activistas políticos Denise Peres Crispim y Eduardo Collen Leite y la ejecución extrajudicial de Eduardo Collen Leite en el contexto de los dictadores civiles y militares del país.



●       CIDH ENCUENTRA RESPONSABLE A ARGENTINA POR NO PREVENIR ATAQUE TERRORISTA CONTRA LA AMIA (14 de junio de 2024)

El atentado contra la AMIA del 18 de julio de 1994 en Buenos Aires tuvo como objetivo la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), un centro comunitario judío, matando a 85 personas e hiriendo a más de 300. Hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló en el Caso Asociación Civil Memoria Activa Vs. Argentina, encontrando a Argentina responsable por no prevenir el ataque y por no investigarlo diligentemente y su encubrimiento. La Corte también condenó a Argentina por negar el acceso a documentos cruciales y violar el derecho a la verdad debido a múltiples fallas investigativas y esfuerzos de encubrimiento, que impidieron a los familiares de las víctimas obtener información.



●       LA CIDH CONCLUYE SU 167° SESIÓN ORDINARIA (10 de junio de 2024)

La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró su 167º período ordinario de sesiones del 20 de mayo al 7 de junio de 2024. Las sesiones incluyeron audiencias públicas sobre la emergencia climática y los derechos humanos, y el caso de los adolescentes en centros de detención del Servicio Nacional de Menores. (Sename) v. . Chile.

La Corte dictó sentencias en los casos Arboleda Gómez Vs. Colombia y Miembros de SUTECASA vs. Perú, así como cuatro resoluciones sobre respeto a sentencias anteriores (casos Spoltore Vs. Argentina, Comunidad Indígena Xákmok Kásek Vs. Paraguay, Álvarez Ramos Vs. Venezuela, y San Miguel Sosa y otros Vs. Venezuela).

La Corte también inició las deliberaciones sobre el caso Huilcaman Paillama y otros vs. Chile, involucrando los derechos de los indígenas mapuche.

 

 

●       LA ACTDHPR RECHAZA SOLICITUD DE REAPERTURA DE SENTIDOS EN EL CASO CONTRA BENIN (6 de junio de 2024)

La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CAtHPR) rechazó una solicitud para reabrir los alegatos y celebrar una audiencia en el caso Houngue Éric Noudehouénou v. República de Benín. El Tribunal consideró que los argumentos y solicitudes adicionales presentados por Noudehouénou ya estaban abordados o no estaban relacionados con la solicitud inicial sobre la presunta violación de sus derechos en virtud de un contrato de asistencia fiscal.



●       ACtHPR REABRE PLACERES EN CASO CONTRA TANZANIA (31 de mayo de 2024)

La CATHPR ha reabierto los alegatos orales en el caso Centro de Derechos Humanos y Otros v. República Unida de Tanzania, otorgando a Tanzania 45 días adicionales para responder a las denuncias de violaciones del derecho a la vida, el derecho a la tortura y la prohibición de la trata de personas. contra las personas con albinismo.



●       LA ACTDHPR RECHAZA EL CASO CONTRA COSTA DE MARFIL POR NO AGOTAMIENTO DE LOS RECURSOS LOCALES (4 de junio de 2024)

La Corte Suprema desestimó el caso Goh Taudier y otros v. República de Côte d'Ivoire, concluyendo que los demandantes no habían agotado los recursos internos. Los demandantes alegaron violaciones de sus derechos a un juicio justo y de su dignidad humana tras ser declarados culpables y condenados a 20 años de prisión por robo a mano armada. El Tribunal resolvió que el recurso de casación constituía un recurso disponible y efectivo, que los demandantes no utilizaron, por lo que la demanda era inadmisible.



●      LA ACTHP ORDENA A TANZANIA APROVECHAR LA PENA DE MUERTE EN EL CASO NZIGIYIMANA ZABRON (4 de junio de 2024)

El Tribunal Supremo falló a favor de Nzigiyimana Zabron, ciudadano de Burundi, y consideró que Tanzania había violado sus derechos durante su juicio y detención. Zabron, que fue condenado a muerte por asesinato y cuya sentencia fue posteriormente conmutada por cadena perpetua, fue sometido a una detención preventiva excesivamente larga y a la falta de asistencia consular.

El Tribunal dictaminó que la pena de muerte obligatoria según la legislación de Tanzania constituía una privación arbitraria de la vida. Además, el Tribunal concluyó que la prolongada detención preventiva del demandante y su reclusión en el corredor de la muerte durante más de tres años constituían un trato cruel, inhumano y degradante. Como remedio, el Tribunal ordenó al Estado demandado anular la pena de muerte, sacar a Zabron del corredor de la muerte y revisar su código penal para eliminar la pena de muerte obligatoria. La Corte también ordenó al Estado demandado garantizar una nueva audiencia de sentencia justa, mediante un procedimiento que no necesariamente imponga la pena de muerte.

 

 

●       ACtHPR ORDENA A TANZANIA LIBERAR AL SOLICITANTE Y MODIFICAR LAS LEYES DE SENTENCIA EN EL CASO DOMINICK DAMIAN (4 de junio de 2024)

La Corte Suprema de Derechos Humanos falló a favor de Dominick Damian, un ciudadano tanzano condenado a muerte por asesinato.

El Tribunal dictaminó que la pena de muerte obligatoria según la legislación de Tanzania constituía una privación arbitraria de la vida. El Tribunal dictaminó además que el método de ejecución por ahorcamiento constituía un trato cruel, inhumano y degradante. Como remedio, el Tribunal ordenó al Estado demandado anular la pena de muerte, sacar a Damián del corredor de la muerte y revisar su código penal para eliminar la pena de muerte obligatoria. La Corte también ordenó al Estado demandado garantizar una nueva audiencia de sentencia justa, mediante un procedimiento que no necesariamente imponga la pena de muerte.



●       LA ACTHPR ORDENA A TANZANIA LIBERAR AL SOLICITANTE Y MODIFICAR LAS LEYES DE SENTENCIA EN EL CASO MAGUNGA (4 de junio de 2024)

La CADHP falló a favor de Daud Magunga, uno de los dos demandantes en el caso contra Tanzania. Magunga fue declarado culpable de violación en grupo y condenado a cadena perpetua. El Tribunal consideró que Magunga, menor de edad en el momento de los hechos, no había sido informado de su derecho a representación legal y se le había negado el acceso a asistencia jurídica gratuita. El Tribunal también encontró que la interpretación del Estado de su Código Penal, que impedía la aplicación de una pena más leve a menores, constituía una violación del derecho internacional, en particular del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Tribunal ordenó su liberación inmediata y le concedió 1.000.000 de chelines tanzanianos por daños morales. La Corte también pidió a Tanzania que modificara su legislación penal para alinearla con los estándares internacionales para la sentencia de menores. La solicitud de Kabalabala Kadumbagula fue desestimada porque se presentó tras un retraso injustificado.



●       ACTHPR NO ENCUENTRA VIOLACIÓN EN CASO DE ASCENSO DE LA POLICÍA DE MALI (4 de junio de 2024)

La CADHPR rechazó la petición de Amadou Dembélé y otros contra Mali, alegando violaciones de sus derechos a la igualdad ante la ley, a la igualdad ante la ley y a la no discriminación. Los demandantes eran agentes de policía que afirmaron que se les había negado el ascenso debido a prácticas discriminatorias. Sin embargo, el Tribunal concluyó que los solicitantes no cumplían las condiciones legales para el ascenso, incluida la obtención de sus calificaciones antes de la publicación del decreto pertinente y el cumplimiento de las condiciones de antigüedad.



●       TEDH SENTENCIA A FAVOR DE UCRANIA EN CASO CONTRA RUSIA POR VIOLACIONES EN CRIMEA (25 de junio de 2024)

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha emitido una sentencia histórica en el caso interestatal Ucrania v. Rusia (Solicitudes 20958/14 y 38334/18), concluyendo que la Federación de Rusia era responsable de múltiples violaciones de derechos humanos. en Crimea.

Las violaciones, que incluyeron desapariciones forzadas, malos tratos, detenciones ilegales y la supresión de medios de comunicación no rusos, fueron vistas como parte de una práctica administrativa sistemática por parte de las autoridades rusas destinada a sofocar la oposición política desde el inicio de su control efectivo sobre Crimea en 27 de febrero de 2014.

El Tribunal también estableció que la imposición por parte de Rusia de sus leyes en Crimea, en violación del derecho internacional humanitario, no podía considerarse “legal” en el sentido del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Las conclusiones específicas incluyeron violaciones del derecho a un juicio justo, el derecho al respeto de la vida privada y familiar y la libertad de expresión, entre otros.

El Tribunal destacó además el traslado ilegal de presos de Crimea a centros penitenciarios rusos, lo que provocó la separación de sus familias y condiciones de detención inadecuadas, lo que equivalía a un trato degradante. El Tribunal ordenó a la Federación de Rusia que adoptara medidas para garantizar el regreso seguro de los presos trasladados desde Crimea a instituciones penitenciarias en Rusia.

 

 

●       EL TEDH NO ENCUENTRA VIOLACIÓN EN EL TRATAMIENTO A LOS PRESOS RUMANOS (25 de junio de 2024)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección cuarta) dictaminó que las condiciones de detención sufridas por el Sr. Daniel Bechi, un preso seropositivo en Rumania, no constituían un trato degradante y que no había discriminación contra él.

El Sr. Bechi alegó que estuvo recluido en malas condiciones, incluido hacinamiento y falta de privacidad, y que su colocación en alas separadas de la prisión debido a su estado serológico respecto del VIH equivalía a un trato degradante y discriminación. También denunció haber sido trasladado a cárceles alejadas de su domicilio familiar.

El Tribunal concluyó que, si bien las condiciones de detención de Bechi no cumplían con los estándares ideales, no excedían el inevitable nivel de sufrimiento inherente al encarcelamiento y no violaban su derecho a no sufrir tratos degradantes.

El Tribunal dictaminó además que el internamiento de Bechi en pabellones especiales para personas seropositivas, si bien reconocía la necesidad de mantener el secreto médico y combatir los prejuicios en el sistema penitenciario, estaba en última instancia justificado por las circunstancias particulares de las prisiones rumanas y la necesidad de garantizar su salud y bienestar.

El Tribunal no encontró pruebas de que los traslados a prisiones más alejadas de su domicilio familiar afectaran significativamente su capacidad para mantener contactos familiares.



●       TEDH JUZGA QUE TURQUÍA HA VIOLADO EL DERECHO A UN JUICIO JUSTO EN CASOS DE NOMBRAMIENTO PARA SERVICIOS PÚBLICOS (25 de junio de 2024)

En el caso Kurkut y otros v. Türkiye, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Segunda) ha declarado que el Estado violó el derecho a un juicio justo en una serie de casos presentados por ciudadanos turcos a quienes se les negaron nombramientos en la función pública debido a verificaciones de antecedentes negativas.

El Tribunal determinó que los peticionarios no fueron informados adecuadamente de los alegatos específicos formulados en su contra, ni se les dio la oportunidad de impugnar la información contenida en sus verificaciones de antecedentes. Esta falta de transparencia, así como la incapacidad de los tribunales nacionales para revisar las decisiones administrativas, privó a los demandantes de una oportunidad justa de defenderse ante los tribunales.

El Tribunal también dictaminó que el uso del estado de emergencia por parte del gobierno turco después del intento de golpe de 2016 no podía justificar violaciones del derecho a un juicio justo, ya que la legislación de emergencia no limitaba la revisión judicial en este tipo de casos.

Con respecto más específicamente al demandante Agit Tetik, el Tribunal declaró inadmisible su denuncia basada en el derecho a la presunción de inocencia por no haberse agotado los recursos internos. El juez Frédéric Krenc, en su opinión disidente, consideró que este enfoque era excesivamente formalista y que el demandante había planteado suficientemente el fondo de su denuncia ante los tribunales nacionales.

 

 

●       TEDH DEFIENDE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN CAMPAÑA ANTIDISCRIMINACIÓN EN MOLDAVIA (25 de junio de 2024)

En el caso National Youth Council of Moldova (Consejo Nacional de la Juventud de Moldavia) v. República de Moldavia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección segunda) falló a favor de la asociación demandante, concluyendo que se había violado su derecho a la libertad de expresión. Las autoridades locales se negaron a permitir la emisión de un anuncio contra la discriminación que presentaba caricaturas de romaníes y personas discapacitadas, diciendo que era degradante y humillante.

El Tribunal concluyó que el anuncio, aunque utilizaba caricaturas que podrían haber sido ofensivas, tenía como objetivo resaltar los estereotipos sociales y la discriminación que enfrentan los grupos vulnerables y al mismo tiempo promover una línea de ayuda gratuita para denunciar la discriminación. El Tribunal criticó a las autoridades moldavas por basarse únicamente en las opiniones negativas de dos organizaciones sin tener en cuenta el contexto más amplio, el mensaje del anuncio o el impacto potencial en el público en general.

El Tribunal reconoció que el anuncio trataba de un asunto de gran interés público y concluyó que las caricaturas tenían como objetivo llamar la atención sobre los estereotipos sociales existentes y la discriminación que enfrentan los grupos vulnerables, alentando así al público a hacer valer sus derechos. El Tribunal consideró que la negativa constituía una injerencia injustificada en la libertad de expresión de la asociación. Señaló que la ilustración no fomentaba el discurso de odio o la intolerancia y que el papel de la asociación era similar al de la prensa a la hora de sensibilizar al público sobre cuestiones cruciales. Los tribunales nacionales no llevaron a cabo una revisión adecuada ni equilibraron los diferentes intereses en juego, lo que dio lugar a una restricción desproporcionada. Por lo tanto, el Tribunal consideró que la interferencia no era necesaria en una sociedad democrática.



●       TEDH: MACEDONIA DEL NORTE NO PROTEGÓ EL DERECHO A LA PRIVACIDAD DE LOS CIUDADANOS EN EL CASO DE PROTECCIÓN DE DATOS (25 de junio de 2024)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Segunda) declaró que Macedonia del Norte había violado el derecho de los ciudadanos a la privacidad, en particular el derecho al respeto de la vida privada, después de que los tribunales nacionales dictaminaran que no protegieron adecuadamente al demandante contra la recopilación y el uso ilegal de su información. información personal. datos. El demandante, Velimir Vlaisavljevikj, alegó que un proveedor privado de calefacción le había enviado repetidamente facturas por los gastos de calefacción corrientes, a pesar de sus objeciones de que nunca había utilizado sus servicios.

El Tribunal sostuvo que, si bien el proveedor de calor podría tener un interés legítimo en recopilar datos de sus usuarios, los tribunales nacionales no abordaron la cuestión fundamental de si el proveedor tenía derecho a recopilar y utilizar los datos del Sr. Vlaisavljevikj aunque nunca hubiera sido un proveedor de calor. proveedor. cliente.

El Tribunal concluyó que la falta de un examen en profundidad por parte de los tribunales nacionales y su falta de abordar el fondo de la denuncia del demandante condujo a una interferencia injustificada en su vida privada. La sentencia subraya que el uso repetido de los datos del demandante durante varios años, a pesar de sus objeciones y del reconocimiento por parte de los tribunales civiles de su no responsabilidad por las acusaciones formuladas, constituyó una violación de su derecho al respeto de su vida privada.

 

 

●       CEDH CONFIRMA MULTA CONTRA ACTOR HÚNGARO POR DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL (20 de junio de 2024)

En el caso Boronyák vs. En Hungría, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección primera) confirmó la multa impuesta al actor húngaro Gergely Boronyák por violar una cláusula de confidencialidad de su contrato con una productora privada. El actor reveló información sobre sus honorarios por una serie de televisión coproducida por una entidad pública. Sostuvo que la información era de interés público porque se refería al gasto público.

El Tribunal reconoció la importancia de proteger la libertad de expresión, pero concluyó que las autoridades húngaras habían logrado un equilibrio justo entre el derecho del actor a expresarse y el interés de la productora en proteger su información comercial. La Corte reconoció que el público tenía acceso a información sobre el gasto público a través de otros mecanismos, como solicitudes de libertad de información, y que la divulgación por parte del actor no era esencial para el debate público sobre este tema. Por tanto, el Tribunal consideró que la multa impuesta al Sr. Boronyák no constituía una restricción desproporcionada a su libertad de expresión.



●       TEDH: POLONIA VIOLÓ LOS DERECHOS DE ACTIVISTAS Y JONALISTAS DE GREENPEACE DURANTE UNA MANIFESTACIÓN EN EL MAR (20 de junio de 2024)

En el caso Friedrick y otros v. Polonia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (primera sección) dictaminó que Polonia violó los derechos de los activistas y periodistas de Greenpeace durante una protesta marítima en el puerto de Gdańsk.El Tribunal concluyó que las acciones de los guardias fronterizos polacos, que incluyeron la interrupción de la manifestación, la inmovilización de las embarcaciones de los activistas y la detención de dos activistas, constituían privaciones ilegales de libertad. El Tribunal consideró que la detención de los activistas, que duró varias horas, no estaba justificada por la necesidad de realizar controles o inspecciones de identidad, en particular dada la ausencia de sospechas razonables de que los militantes hubieran cometido un delito.Además, el Tribunal concluyó que los activistas no fueron informados con prontitud de los motivos de su detención y que se vio obstaculizada su posibilidad de ponerse en contacto con un abogado.El Tribunal también dictaminó que la detención de los activistas y periodistas violaba su derecho a la libertad de expresión, ya que las acciones de las autoridades habían interrumpido y silenciado efectivamente su protesta contra el uso del carbón.



●       TEDH: LA REPÚBLICA CHECA DISCRIMINÓ A UN MENÚ DETENIDO DURANTE LA REVISIÓN DE LA DETENCIÓN (20 de junio de 2024)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección quinta) falló en el caso Spišák v. República Checa que el trato diferente de los menores en comparación con los adultos durante el control judicial automático de la prisión preventiva constituye discriminación. Los menores, entre ellos el demandante Pavel Spišák, procesados ​​por delitos graves, estaban sujetos a una revisión de su detención cada seis meses, mientras que los adultos en situaciones similares estaban sujetos a una revisión cada tres meses. El Tribunal consideró que esta distinción basada en la edad era injustificada y contraria al objetivo perseguido de ofrecer un trato más favorable a los menores.

El Tribunal reconoció la intención de la República Checa de conceder un trato más favorable a los menores detenidos, pero concluyó que un control automático menos frecuente de la detención del menor no era coherente con este objetivo. El Tribunal subrayó que las disposiciones especiales relativas a la detención de menores deben garantizar que no se les niegue una mayor protección que a los adultos en situaciones similares. A pesar de otras garantías procesales y de períodos generales de detención más cortos para los menores, la falta de controles automáticos más frecuentes se consideró discriminatoria.

 

 

●       TEDH: LA REPÚBLICA CHECA FALLÓ EN PROTEGER A UNA MUJER DEL ABUSO SEXUAL POR PARTE DE UN SACERDOTE (20 de junio de 2024)

En el caso Z v. República Checa, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección quinta) dictaminó que las autoridades checas no habían cumplido sus obligaciones positivas en relación con el derecho a la protección contra tratos inhumanos o degradantes y el derecho al respeto de la vida privada.

El caso involucró a una víctima vulnerable que alegó actos sexuales no consentidos por parte de un sacerdote. Las autoridades nacionales desestimaron el caso y consideraron que las acciones del sacerdote no constituían violación ni abuso sexual en el sentido de la ley checa, ya que la mujer no resistió físicamente los presuntos ataques.

El tribunal criticó a las autoridades checas por no tener en cuenta la vulnerabilidad de la mujer y el impacto potencial de un trauma pasado en su capacidad para dar su consentimiento o resistirse. La Corte enfatizó que las autoridades deberían haber adoptado un enfoque más amplio y contextual para evaluar las pruebas y deberían haber tenido en cuenta el estado psicológico de la mujer para determinar si los presuntos actos constituían abuso sexual. Además, el sistema legal de la época no permitía a la víctima apelar la decisión de la policía de remitir el caso a una autoridad judicial.

El Tribunal concluyó que las autoridades checas no habían garantizado una protección efectiva del derecho de la mujer a no ser sometida a tratos degradantes y al respeto de su vida privada.



●       TEDH: AZERBAIYÁN VIOLÓ EL DERECHO A LA PRIVACIDAD DE UN ABOGADO AL INSPECCIONAR SUS DOCUMENTOS DURANTE UNA VISITA A LA PRISIÓN (20 de junio de 2024)

En el caso Namazli v. Azerbaiyán, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Primera Sección) dictaminó que Azerbaiyán violó el derecho a la privacidad del abogado Fariz Namazli al permitir que el personal penitenciario inspeccionara sus documentos antes y después de una reunión con su cliente en prisión. El Tribunal consideró que la inspección, realizada sin ninguna sospecha de irregularidad, había violado la vida privada y la correspondencia del abogado y no estaba justificada por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal concluyó que la legislación azerbaiyana pertinente era insuficiente para justificar la inspección, ya que no proporcionaba un marco claro y detallado ni garantías contra posibles abusos o arbitrariedades. La inspección se llevó a cabo a pesar de que no había sospechas de irregularidades, lo que socavó el principio de confidencialidad crucial para la profesión jurídica.

El Tribunal enfatizó que el papel central de los abogados en la administración de justicia requiere una mayor protección de su confidencialidad y el derecho a comunicaciones privadas con sus clientes. Las disposiciones jurídicas internas aplicadas en este caso eran de carácter general y no distinguían entre abogados y otros visitantes, desconociendo el estatus especial de los abogados.



●       CEDH DETERMINA QUE ITALIA NO HA VIOLADO LOS DERECHOS DE UN DETENIDO (20 de junio de 2024)

En el caso Temporale v. Italia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (primera sección) no encontró ninguna violación del derecho a sufrir tratos inhumanos o degradantes en relación con las condiciones de detención y el tratamiento médico del Sr. Antonio Temporale.

El Tribunal dictaminó que, aunque el Sr. Temporale sufría graves problemas de salud física y mental, incluida una discapacidad del 100% debido a psicosis crónica, las autoridades italianas le habían proporcionado atención médica y seguimiento adecuados durante su detención.

La Corte observó que el señor Temporale recibía exámenes médicos periódicos y tratamiento para sus diversas afecciones, incluidas evaluaciones psiquiátricas, tratamientos cardiológicos y seguimiento nutricional. A pesar de algunas deficiencias iniciales, las autoridades italianas adaptaron rápidamente sus cuidados siguiendo las recomendaciones médicas. El Tribunal también señaló que cuando resultó difícil controlar su salud en prisión, los tribunales italianos ordenaron su liberación.

Además, el demandante alegó que Italia no había proporcionado un informe pericial independiente sobre su estado de salud, como solicitó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos durante el procedimiento internacional. El Tribunal concluyó que, a pesar de los retrasos iniciales, Italia finalmente cumplió, cumpliendo así con su obligación de cooperar con el Tribunal.

 

 

●      EL TEDH CONDENA A ARMENIA EN EL CASO DE UNA ESTUDIANTE CON DISCAPACIDAD ABUSADA SEXUALMENTE POR SU PROFESOR (18 de junio de 2024)

En el caso A.P. v. Armenia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección cuarta) encontró que el Estado había violado los derechos de una menor con discapacidad intelectual que había sido agredida sexualmente por el profesor de deportes de su escuela.

El caso se centró en la falta de protección del estado al estudiante del abuso en el contexto de la educación pública. El Tribunal enfatizó que no existían medidas efectivas para prevenir, detectar y denunciar tales abusos, lo que conducía a una violación del derecho a la protección contra tratos inhumanos o degradantes. A pesar de la condena penal del atacante, la falta de medidas operativas preventivas y de capacitación adecuada del personal escolar por parte del Estado contribuyó significativamente al daño sufrido por el demandante.

Además, el Tribunal concluyó que el Estado había violado el derecho a la privacidad al publicar la información personal de la demandante en una plataforma en línea, que potencialmente podría identificarla como víctima de abuso sexual. Esta revelación pública se produjo a pesar de solicitudes específicas de mantener la confidencialidad del procedimiento, lo que traumatizó aún más a la demandante y a su familia.

El Tribunal también criticó a los tribunales internos por rechazar la reclamación del demandante por daño moral debido a formalidades procesales, a pesar de hechos probados de abuso. Concluyó que el demandante no tenía ningún recurso interno efectivo para reclamar una indemnización por daño moral. El Tribunal subrayó el mayor deber de protección que se debe a los niños, en particular a los discapacitados.



●       TEDH CONDENA A RUSIA EN EL CASO RELATIVO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LEY SOBRE “ORGANIZACIONES NO DESEADAS” (18 de junio de 2024)

En el caso Fundación Andrey Rylkov y otros v. Rusia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Tercera) dictaminó que Rusia había violado los derechos de varias organizaciones no gubernamentales y de individuos al implementar su controvertida ley sobre "organizaciones indeseables". El Tribunal concluyó que la ley en sí es vaga e imprecisa, otorgando excesiva discrecionalidad a la Fiscalía General (GPO) para designar organizaciones como "indeseables", sin proporcionar criterios claros ni salvaguardias suficientes contra el abuso.

El Tribunal también determinó que los tribunales rusos no revisaron adecuadamente las decisiones de la GPO, convirtiendo así la revisión judicial en una formalidad procesal. Además, la Corte sostuvo que las personas fueron condenadas por participar en actividades asociadas con “organizaciones indeseables”, incluso cuando sus acciones eran legales y no representaban una amenaza a la seguridad nacional. El tribunal criticó a las autoridades rusas por aplicar la ley retrospectivamente, responsabilizando a personas por actividades que eran legales en el momento en que se llevaron a cabo. El Tribunal concluyó que la vaga definición y aplicación de la ley creaba un "efecto paralizador" en el ejercicio de los derechos fundamentales, disuadiendo a las personas de participar en el discurso político y la actividad cívica.

 

 

●       TEDH ENCUENTRA QUE RUSIA HA RESTRINGIDO INDEBIDAMENTE EL ACCESO A LOS ARCHIVOS DE LA REPRESIÓN POLÍTICA SOVIÉTICA (18 de junio de 2024)

En el caso Suprun y otros vs. Rusia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Tercera) dictaminó que la negativa de Rusia a conceder a los solicitantes acceso a información de archivo sobre la represión política soviética violaba sus derechos a la libertad de expresión y al acceso a la información. Los solicitantes, entre ellos historiadores y familiares de las víctimas, intentaron obtener y difundir documentos históricos con fines de investigación y debate público sobre los abusos cometidos durante la era soviética.

El Tribunal concluyó que las autoridades rusas, con diversos pretextos, negaron a historiadores e investigadores el acceso a información crucial, incluidos documentos oficiales, expedientes personales y actas de interrogatorios. Estas restricciones fueron injustificadas y desproporcionadas, particularmente dado el interés público en acceder a información histórica sobre violaciones pasadas de derechos humanos.

La Corte enfatizó que el acceso a la información es vital para la investigación y el debate público sobre estos importantes temas sociales. Si bien reconoció la necesidad legítima de proteger la privacidad y la seguridad nacional, el Tribunal concluyó que las autoridades rusas no habían demostrado una necesidad social imperiosa de estas restricciones y no habían proporcionado razones suficientes para denegar el acceso. Además, el Tribunal concluyó que las autoridades rusas no habían logrado lograr un equilibrio justo entre el derecho a recibir información y el derecho a la privacidad, particularmente en casos que involucraban a personas fallecidas.



●       TEDH DETERMINA QUE ESLOVAQUIA VIOLÓ LOS DERECHOS DE UNA JUEZ EN UN CASO DE DETENCIÓN PREVIA (13 de junio de 2024)

En el caso Cviková vs. En Eslovaquia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (primera sección) encontró violaciones de los derechos de la demandante durante su detención y durante el procedimiento judicial que siguió. La jueza Denisa Cviková fue arrestada por cargos relacionados con acusaciones de corrupción y abuso de poder dentro del sistema judicial en la región de Bratislava.

El Tribunal concluyó que, si bien su detención inicial se basó en sospechas razonables y motivos pertinentes, su continuación en detención no estaba suficientemente justificada, especialmente después de que se rechazó su solicitud de liberación. El Tribunal también observó períodos de inactividad por parte de la fiscalía, cuestionando si existía una intención genuina de continuar con el caso, lo que influyó en la evaluación de la necesidad de su continuación en prisión.

Además, el Tribunal criticó la decisión del Tribunal Supremo eslovaco de mantener la detención, al considerar que el Tribunal Supremo se basó en nuevos motivos para la detención que no habían sido inicialmente presentados por la fiscalía. Esto violó el principio de igualdad de armas, ya que a la señora Cvikova no se le dio la oportunidad de abordar estos nuevos argumentos.

 

 

●       TEDH CONFIRMA LA PROHIBICIÓN DE EUTANASIA ASISTIDA EN HUNGRÍA EN EL CASO DE UN PACIENTE CON ELA EN FASE TERMINAL (13 de junio de 2024)

En el caso Karsai vs. Hungría, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección Primera) examinó el caso de Dániel Karsai, un abogado húngaro que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), que impugnó la prohibición húngara del suicidio asistido. El Sr. Karsai, que padecía una enfermedad terminal, quería poner fin a su vida con asistencia médica para evitar un sufrimiento prolongado e insoportable. Sostuvo que la imposibilidad de solicitar asistencia médica para morir en Hungría o de viajar al extranjero con este fin violaba su autonomía y dignidad humana, argumentando que la prohibición violaba su derecho al respeto a la privacidad, la autodeterminación y la dignidad. la muerte.

La Corte reconoció las complejas cuestiones morales y éticas que rodean a la PAD y reconoció que el derecho a la vida era un derecho fundamental protegido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En última instancia, el Tribunal confirmó la posición del gobierno húngaro y concluyó que la prohibición del suicidio asistido no era desproporcionada y que el Estado tenía un interés legítimo en proteger a las personas vulnerables de posibles coerciones y abusos. El Tribunal subrayó el amplio margen de apreciación concedido a los Estados a la hora de regular cuestiones morales y éticas delicadas y señaló que la mayoría de los Estados miembros siguen prohibiendo el suicidio asistido, lo que refleja opiniones divergentes sobre la cuestión.

Karsai también afirmó que la prohibición constituía discriminación, ya que la ley húngara permite que los pacientes con enfermedades terminales que dependen de un tratamiento de soporte vital aceleren su muerte rechazando dicho tratamiento y negando la misma opción a aquellos que no dependen de dicho tratamiento. El Tribunal no encontró violación alguna, considerando que la diferencia de trato estaba objetivamente justificada.

El juez Krzysztof Wojtyczek, en su opinión parcialmente concurrente y parcialmente disidente, sostuvo que la protección de la vida garantizada por la Convención es absoluta y no debe estar sujeta a excepciones en materia de suicidio asistido o eutanasia. El juez Gilberto Felici discrepó de la opinión mayoritaria y destacó la importancia de respetar el derecho del individuo a la autodeterminación, particularmente en casos de enfermedades terminales y sufrimientos insoportables; y enfatizar la necesidad de un enfoque más matizado y flexible para las decisiones sobre el final de la vida: una interpretación “progresista” de la Convención, consistente con la doctrina del “instrumento vivo”. La opinión del juez Felici adoptó como epígrafe esta cita del filósofo jurídico Ronald Dworkin: "Que alguien muera de una manera que otros aprueban, pero él cree que hay una horrible contradicción en su vida, es una forma devastadora y atroz de tiranía".



●       TEDH JUZGA QUE AZERBAIYÁN VIOLÓ LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN AL BLOQUEAR MEDIOS EN LÍNEA (13 de junio de 2024)

En el caso RFE/RL Inc. y otros v. Azerbaiyán, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (primera sección) concluyó que el bloqueo masivo por parte de Azerbaiyán de cuatro medios de comunicación en línea violaba el derecho a la libertad de expresión. Uno de los demandantes, RFE/RL Inc. (Radio Free Europe/Radio Liberty), es una corporación privada sin fines de lucro financiada por el Congreso de los Estados Unidos.Otros candidatos incluyen periodistas individuales y otras organizaciones de medios. El Tribunal señaló que las órdenes de bloqueo se basaban en leyes nacionales interpretadas de manera amplia.Esta falta de claridad hizo que la aplicación de la ley fuera impredecible y arbitraria. El Tribunal también señaló que a los solicitantes no se les notificó ni se les dio la oportunidad de eliminar el contenido aparentemente ilegal antes de que se bloquearan los sitios web, lo que socava aún más la equidad procesal de las medidas. Destacando la importancia de Internet como plataforma para la libertad de expresión, el Tribunal concluyó que las acciones de Azerbaiyán fueron desproporcionadas y no lograron lograr un equilibrio justo entre la protección de los intereses públicos y los medios de comunicación de derechos humanos.

 

 

●       SENTENCIA DEL TEDH CONTRA LETONIA POR DETENCIÓN PREVENTIVA INJUSTIFICADA (13 de junio de 2024)

En el caso Bluks Savickis v. Letonia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sección quinta) concluyó que Letonia había violado el derecho a la libertad de Jurijs Bluks Savickis, quien estaba detenido en espera de juicio por cargos de tráfico de drogas. Aunque el Tribunal reconoció que la detención inicial del Sr. Savickis estaba justificada, dictaminó que los tribunales letones no habían proporcionado razones suficientes para ampliar su detención después de que se rechazara su solicitud de liberación.

El Tribunal concluyó que los tribunales letones se basaron en gran medida en argumentos generales sobre la gravedad de los cargos y el riesgo de reincidencia, sin abordar hechos específicos ni considerar medidas alternativas. También señaló una falta de "diligencia especial" en la conducción del proceso, y la fiscalía pareció pasiva en sus esfuerzos por hacer avanzar el caso. La Corte destacó la importancia de las decisiones razonadas en los casos de detención, tanto para proteger el derecho del acusado a la libertad como para garantizar la transparencia en la administración de justicia.

 

 

Oportunidades Académicas y Profesionales

 

 

●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: PANEL DE BECAS DE DERECHO, FONDO DE DEFENSA LEGAL ANIMAL

El Fondo de Defensa Legal Animal invita a enviar artículos completos sobre un tema de derecho animal. Los estudiantes seleccionados presentarán su trabajo en la Convención de Estudiantes de 2024 en Portland, Oregon, el 18 de octubre de 2024. Se cubrirán los gastos de viaje de los autores seleccionados. Las presentaciones deben ser de la facultad de derecho actual y de carreras de inglés. La fecha límite de presentación es el 29 de julio de 2024. Envíelos a prader@aldf.org.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: CONFERENCIA SOBRE EL CLIMA DE LISBOA 2024

La Conferencia sobre el Clima de Lisboa 2024 busca contribuciones de profesionales y académicos (incluidos investigadores que inician su carrera y candidatos a doctorado) sobre "Derechos humanos y cambio climático: ¿qué sigue?" La fecha límite para el envío de resúmenes es el 31 de julio de 2024.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: APLICACIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL

Se invitan contribuciones para una conferencia que explore la aplicación del derecho ambiental internacional. Se aceptan artículos interdisciplinarios y en coautoría. Envíe resúmenes a ielconference@uoc.edu o paolo.farah@glawcal.org.uk antes del 1 de julio de 2024.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: NÚMERO ESPECIAL O SIMPOSIO SOBRE POLÍTICA AMBIENTAL

Environmental Politics solicita contribuciones para un número especial y simposios sobre política ambiental. Todas las presentaciones estarán sujetas a una revisión por pares doble ciego. Las contribuciones no deben exceder las 8.000 palabras. El número especial constará de 8 a 10 artículos, mientras que el simposio constará de 3 a 5 artículos. Envíe resúmenes a pkashwan@brandeis.edu antes del 15 de julio de 2024.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: TALLER INAUGURAL 2025, CONVERSACIONES RELACIONADAS CON LOTUS, PROYECTO LOTUS

Se invitan resúmenes al taller inaugural que explora el centenario del caso Lotus en Marsella, Estambul y La Haya del 9 al 10 de enero de 2025. Los resúmenes deben reflexionar sobre el legado del caso y sus principios en 300 palabras. Los participantes aceptados prepararán artículos breves (de 1.000 a 2.000 palabras). La fecha límite de presentación es el 4 de octubre de 2024.


●       CONVOCATORIA DE PROPUESTAS PARA EL CAPÍTULO: ENFOQUES DE INVESTIGACIÓN EMPÍRICA SOBRE EMPRESAS, DERECHOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE

Los editores Ben Grama (Universidad de Tilburg), Marisa McVey (Queen's University Belfast), Samentha Goethals (SKEMA Business School) y Federica Nieri (Universidad de Pisa) invitan a los investigadores a presentar propuestas para capítulos sobre métodos de investigación empíricos en las áreas de empresas y derechos humanos. y el medio ambiente. estudios. Los resúmenes (600 palabras) deben enviarse antes del 30 de septiembre de 2024 y los capítulos completos deben entregarse antes del 28 de febrero de 2025.


●       CONVOCATORIA DE TRABAJOS: XX CURSO DE INVIERNO EN DERECHO INTERNACIONAL, CEDIN, BRASIL

Se invita a presentar trabajos para el Curso de invierno en línea de derecho internacional de CEDIN, que se llevará a cabo del 15 al 26 de julio de 2024. El curso incluye conferencias, un juicio simulado, sesiones profesionales y talleres. Los participantes podrán enviar artículos para su publicación en los anales del evento hasta el 14 de julio de 2024.


●       CURSOS DE VERANO EN LA ACADEMIA DE LA HAYA

La Academia de Derecho Internacional de La Haya organiza sus tradicionales cursos de verano de derecho internacional público (del 8 al 26 de julio de 2024) y de derecho internacional privado (del 29 de julio al 16 de agosto de 2024). Las inscripciones para la versión online están abiertas hasta el 30 de junio de 2024.


●       PROGRAMA DE FORMACIÓN SOBRE DESARME Y NO PROLIFERACIÓN DE ADM 2024, T.M.C INSTITUT ASSER.

El Instituto Asser y la OPAQ ofrecen un programa de formación sobre desarme y no proliferación de armas de destrucción masiva del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2024 en La Haya. El programa cubre los marcos internacionales de no proliferación y desarme e incluye visitas sobre el terreno y oportunidades para establecer contactos. La tarifa es de 1.695 €, con becas disponibles del Ministerio de Asuntos Exteriores holandés y de la OPAQ. Las solicitudes para becas MFA deben presentarse antes del 23 de julio de 2024 y para las becas de la OPAQ antes del 23 de julio de 2024. Regístrese a través del sitio web del Instituto Asser.


●       MAESTRÍA EN DERECHOS HUMANOS Y GESTIÓN DE CONFLICTOS, SCUOLA SUPERIORE SANT’ANNA

La Maestría en Derechos Humanos y Gestión de Conflictos de la Scuola Superiore Sant'Anna, Italia, ofrece una comprensión profunda de los vínculos entre los derechos humanos y la teoría y la práctica de la gestión de conflictos. El programa se desarrollará del 8 de enero de 2025 al 31 de mayo de 2026 e incluye 450 horas de conferencias y una pasantía de 480 horas a partir de agosto/septiembre de 2025. Los derechos de matrícula son de 6.500 € para la primera ronda de selección. Las solicitudes deberán presentarse antes del 4 de julio de 2024 para la primera ronda y antes del 12 de septiembre de 2024 para la segunda ronda. Es posible que haya becas disponibles para ciudadanos de países no pertenecientes a la OCDE. Aplicar a través del sitio web oficial.


  • ASOCIADO DE PROGRAMA, CENTRO DE JUSTICIA DE INTIMIDAD, REMOTO

El Center for Intimacy Justice (CIJ) de Estados Unidos busca un asociado de programa para trabajo remoto, gestión de operaciones, comunicaciones e investigación. Las tarifas por hora varían según la experiencia. La primera ronda de solicitudes cierra el 1 de julio de 2024. Solicite a Careers@intimacyjustice.org con un currículum, carta de presentación y zona horaria de residencia.


●       COORDINADOR DE INVESTIGACIÓN Y COLABORACIÓN, EQUAL RIGHTS TRUST, LONDRES (HÍBRIDO)

El Equal Rights Trust de Londres está contratando un coordinador de investigación y colaboración para apoyar los esfuerzos contra la discriminación. El puesto requiere conocimientos de informática, dominio del inglés y un título relevante. El salario anual es de £ 27.500 para un puesto de tiempo completo. Aplicar antes del 1 de julio de 2024.


●       JURÍDICO ADJUNTO, CPI, LA HAYA

La CPI en La Haya está buscando un Oficial Jurídico Adjunto para apoyar las audiencias judiciales y la gestión de casos. Los solicitantes deben tener al menos dos años de experiencia profesional relevante en un sistema de justicia nacional, tribunal/tribunal internacional o academia y hablar inglés o francés con fluidez. El salario base anual es de 71.653,00 €. Aplicar antes del 6 de julio de 2024.

 

●       ASESORA DE GÉNERO HUMANITARIO Y FEMINISTA, OXFAM, UCRANIA

Oxfam en Ucrania está contratando una asesora humanitaria feminista y de género para fortalecer la participación local y nacional en la respuesta humanitaria. Se requiere fluidez en inglés. Aplicar antes del 6 de julio de 2024.


●       OFICIAL ASOCIADO DE DERECHOS HUMANOS, ACNUDH, GINEBRA

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Ginebra busca un especialista adjunto en derechos humanos para analizar situaciones de derechos humanos. El puesto requiere dos años de experiencia progresivamente responsable en derechos humanos, asuntos políticos, relaciones internacionales, derecho o un campo relacionado y dominio del inglés. Aplicar antes del 10 de julio de 2024.


●      JEFE DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS PARA PROFESIONALES JURÍDICOS, CONSEJO DE EUROPA, ESTRASBURGO

El Consejo de Europa busca en Estrasburgo un director de programa para coordinar la educación en derechos humanos. Los solicitantes deben tener 7 años de experiencia jurídica, incluso como juez, fiscal o abogado. Aplicar antes del 13 de julio de 2024.


●      BECARIO JURÍDICO, PROYECTO DE ABOGADOS INTERNACIONALES, LONDRES

El Proyecto Internacional de Abogados de Londres está buscando un miembro jurídico para apoyar sus programas de lucha contra la injusticia económica y ambiental. Los solicitantes deben tener experiencia en derecho ambiental, justicia económica o desarrollo internacional. El salario base anual es de £ 30.000. Aplicar antes del 14 de julio de 2024.


●       GERENTE JURÍDICO, PRIVACIDAD INTERNACIONAL, LONDRES

Privacy International en Londres está buscando asesoría legal. Los solicitantes deben tener experiencia en ONG u organizaciones de derechos humanos. El salario base anual es £ 39.520. Aplicar antes del 14 de julio de 2024.


●      JEFE DEL PROGRAMA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y ESTADO DE DERECHO, CONSEJO DE EUROPA, ESTRASBURGO

El Consejo de Europa en Estrasburgo busca un director de programa para apoyar las actividades de protección de datos y derechos humanos. El puesto requiere cuatro años de experiencia profesional relevante en derecho internacional y/o derecho de derechos humanos. Aplicar antes del 19 de julio de 2024.

 

 

Noticias del Instituto

 

●       FNI PRESENTA COMUNIDAD SOBRE DERECHOS HUMANOS, INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y EDUCACIÓN AL RELATOR ESPECIAL DE LA ONU



Mensajes clave de la presentación:


·      Expansión de la IA en la educación: las herramientas de IA se utilizan cada vez más para automatizar tareas administrativas, desarrollar planes de estudios y mejorar la enseñanza y el aprendizaje. Las aplicaciones incluyen sistemas de tutoría inteligentes, apoyo a la escritura y aprendizaje inmersivo.


·      Impacto en estudiantes y profesores: la IA afecta el seguimiento del progreso de los estudiantes, la retroalimentación y la personalización del aprendizaje. Los desafíos incluyen una pedagogía simplista, monitoreo electrónico intrusivo, personalización limitada y problemas con análisis predictivos y elaboración de perfiles injustos.


·      Preocupaciones en materia de derechos humanos: la IA en la educación plantea preocupaciones específicas en materia de derechos humanos, incluida la erosión de la capacidad de acción de estudiantes y docentes, la privacidad de los datos, los prejuicios y las prácticas discriminatorias. Además, las herramientas de inteligencia artificial a veces no brindan apoyo adecuado a los niños con discapacidad y pueden socavar la participación de los padres en la educación.


·      Tiempo frente a una pantalla y salud mental: el tiempo excesivo frente a una pantalla está relacionado con impactos negativos en la alimentación, el sueño, la salud mental y el rendimiento académico. La maximización de la participación impulsada por la IA en las plataformas de redes sociales exacerba estos problemas y contribuye a las crisis de salud mental de los adolescentes.


·      Necesidades éticas y regulatorias: el uso ético y humano de la IA requiere pruebas sólidas, regulación y control de calidad para abordar cuestiones de accesibilidad, brecha digital y privacidad de datos.


·      Enfoque de precaución: Dadas las incertidumbres que rodean la seguridad de las tecnologías de IA, es necesario un enfoque de precaución para proteger el bienestar de los estudiantes.

 

 

●       FNI PRESENTA INFORME SOBRE ASESINATOS ILEGALES DE PERSONAS LGBT A NACIONES UNIDAS


El informe se basa en un análisis en profundidad de los documentos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), incluidos informes temáticos, comunicados de prensa, resoluciones y casos escuchados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los hallazgos clave incluyen la prevalencia de la violencia perpetrada por el Estado, fallas legislativas y la interseccionalidad de la discriminación que afecta a las personas LGBTIQ+.


 

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