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The Facts and Norms Newsletter #5

ISSN 2965-8780

25 Mayo 2024 | Nº. 5

Personal Editorial: Henrique Napoleão Alves, Sarah Ebram Alvarenga, João Fernando Martins Posso, Felipe Martins Anawate

Editorial

 

Bienvenido a la quinta edición del Boletín de Hechos y Normas para 2024. Este mes, continuamos con nuestro compromiso de brindar análisis y actualizaciones sobre avances importantes en el derecho internacional y los derechos humanos.


En este número, destacamos la indicación de la Corte Internacional de Justicia de medidas provisionales adicionales en el caso de Gaza, donde ordenó a Israel detener su ofensiva militar en Rafah, mantener abierto el cruce de Rafah para la asistencia humanitaria y garantizar el acceso sin obstáculos a Gaza para la ONU. -órganos de investigación con mandato.


Además, el Fiscal de la Corte Penal Internacional ha solicitado órdenes de arresto para líderes de Hamás y funcionarios israelíes, incluido el Primer Ministro Benjamín Netanyahu, por presuntos crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad en Israel y la Franja de Gaza.


Profundizamos más en las actividades en curso del Tribunal Internacional del Derecho del Mar. En su reciente Opinión Consultiva sobre Cambio Climático y Derecho Internacional, el Tribunal concluyó que las emisiones de gases de efecto invernadero constituyen contaminación marina según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y pidió cooperación global y regional para combatir el cambio climático y la acidificación de los océanos.


Nuestra cobertura se extiende a importantes sentencias de tribunales regionales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabilizó a El Salvador por desapariciones forzadas durante su conflicto armado en el caso de Sandoval y otros y destacó las garantías judiciales en el caso de Aguirre Magaña. Mientras tanto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido decisiones clave sobre temas que van desde la libertad de expresión y el derecho a la vida privada y familiar hasta cuestiones relacionadas con la seguridad del Estado y las garantías procesales, ¡y muchos otros!


También les traemos actualizaciones de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, incluida su condena del intento de golpe en la República Democrática del Congo y el trabajo de la Comisión sobre los impactos de la inteligencia artificial en los derechos humanos.


Haciendo eco de las noticias de las Naciones Unidas, profundizamos en cuestiones internacionales urgentes, como la escalada de violencia en Myanmar, la encomiable respuesta de Brasil a los refugiados y la terrible situación de los detenidos bahá'ís en Yemen.


Como siempre, nuestra sección de oportunidades académicas y profesionales conecta a los lectores con el mejor contenido para el avance profesional. Esto incluye convocatorias de trabajos, becas, pasantías y puestos en diversos niveles en la academia, la sociedad civil y organizaciones internacionales. Las oportunidades de terceros se proporcionan con fines informativos. Alentamos a nuestros lectores a verificar sus datos de forma independiente.


Finalmente, estamos orgullosos de compartir actualizaciones del Instituto de Hechos y Normas, incluido nuestro reciente informe a las Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres y los niños en los deportes. La contribución del Instituto tiene como objetivo arrojar luz sobre la naturaleza multifacética de la violencia en los deportes y abogar por un enfoque de prevención e intervención basado en los derechos humanos.


Mientras explora esta edición, lo invitamos a interactuar con el contenido, reflexionar sobre el papel de las instituciones legales internacionales y unirse a nosotros en nuestros esfuerzos por la educación, la justicia internacional y la dignidad humana.


¡Disfruta la lectura!


Profesor Henrique Napoleão Alves, editor jefe

   

    

Noticias Universales

 


●       CIJ INDICA MEDIDAS PROVISIONALES ADICIONALES EN EL CASO GAZA (24 de mayo de 2024)

El 10 de mayo de 2024, Sudáfrica presentó una solicitud urgente ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para obtener medidas provisionales adicionales y la modificación de medidas anteriores en el caso relativo a la aplicación de la Convención sobre Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel ).

Sudáfrica argumentó que las medidas anteriores son insuficientes para abordar nuevas circunstancias, específicamente el ataque israelí a Rafah, que plantea riesgos extremos para los suministros humanitarios, los servicios médicos y la supervivencia de los palestinos en Gaza.

El 24 de mayo de 2024, la Corte reafirmó las medidas provisionales señaladas en sus Resoluciones de 26 de enero de 2024 y 28 de marzo de 2024, las cuales serán implementadas de manera inmediata y efectiva. El Tribunal también indicó nuevas medidas:

- Israel debe detener inmediatamente su ofensiva militar en Rafah para evitar condiciones que podrían conducir a la destrucción física del grupo palestino en Gaza.

- Israel debe mantener abierto el cruce de Rafah para garantizar la prestación sin obstáculos de servicios básicos y asistencia humanitaria.

- Israel debe garantizar el acceso sin obstáculos a la Franja de Gaza a cualquier organismo de investigación ordenado por la ONU.

El Tribunal también ordenó a Israel que presentara un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con esta Orden en el plazo de un mes. La Corte destacó la grave situación humanitaria en Gaza, que se ha deteriorado aún más desde sus órdenes anteriores, y señaló los inmensos riesgos asociados con la ofensiva militar en curso en Rafah.



●       CIJ NIEGA SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES DE MÉXICO EN CASO EMBAJADA (23 de mayo de 2024)

Luego de concluir sus audiencias sobre la solicitud de medidas provisionales de México en el caso relativo a la Embajada de México en Quito (México vs. Ecuador) (1 de mayo de 2024), el 23 de mayo la Corte denegó la solicitud. La Corte se basó en las seguridades de Ecuador, tanto escritas como verbales, para concluir que no existe un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable a los derechos reclamados por México y, por lo tanto, no eran necesarias medidas provisionales.

 

 

●       ITLOS PUBLICA UNA OPINIÓN CONSULTIVA HISTÓRICA SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Y DERECHO INTERNACIONAL (21 de mayo de 2024)

El Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) emitió su Opinión Consultiva sobre la solicitud presentada por la Comisión de Pequeños Estados Insulares sobre Cambio Climático y Derecho Internacional.

El Tribunal decidió por unanimidad que tiene competencia para emitir la opinión consultiva solicitada por la Comisión y proporcionó respuestas detalladas a las preguntas planteadas. Concluyó que:

- Las emisiones antropogénicas de gases de efecto invernadero a la atmósfera constituyen contaminación del medio marino según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS).

- Los Estados Partes están obligados en virtud del artículo 194 a tomar todas las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar la contaminación marina causada por dichas emisiones con la debida diligencia, considerando la mejor ciencia disponible y los mejores estándares internacionales.

- Las medidas específicas incluyen la adopción de leyes y regulaciones para controlar la contaminación proveniente de fuentes terrestres, embarcaciones y emisiones atmosféricas, y garantizar el cumplimiento mediante la aplicación de la ley.

- Los Estados Partes deben cooperar a nivel mundial y regional, brindar asistencia técnica a los países en desarrollo y monitorear y evaluar los impactos ambientales.

El Tribunal enfatizó el alto nivel de diligencia debida requerido debido al daño grave e irreversible que plantean los impactos del cambio climático y la acidificación de los océanos, y la necesidad de que los Estados adopten enfoques precautorios y ecosistémicos en sus esfuerzos de conservación.



●       FISCAL DE LA CPI SOLICITA ÓRDENES DE DETENCIÓN EN LA SITUACIÓN DEL ESTADO DE PALESTINA (20 de mayo de 2024)

El Sr. Karim Asad Ahmad Khan KC, Fiscal de la Corte Penal Internacional, presentó solicitudes de órdenes de arresto ante la Corte con respecto a la situación en el Estado de Palestina.

Las solicitudes apuntan a Yahya Sinwar, Mohammed Diab Ibrahim Al-Masri (Deif) e Ismail Haniyeh, líderes de Hamás, por presuntos crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos en el territorio de Israel y la Franja de Gaza desde el 7 de octubre de 2023. Estos crímenes incluyen exterminio, asesinato, toma de rehenes, violación, tortura y otros delitos en el contexto del cautiverio.

Además, se presentaron demandas contra el primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, y el ministro de Defensa, Yoav Gallant, por presuntos crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos en la Franja de Gaza desde el 8 de octubre de 2023. Estos incluyen el hambre de civiles como método de guerra, la persecución, el exterminio, y ataques intencionales contra civiles.



●       LIBIA PRESENTA DECLARACIÓN DE INTERVENCIÓN EN EL CASO GAZA (10 de mayo de 2024)

Libia ha presentado una declaración de intervención ante la CIJ en el caso relativo a la aplicación de la Convención sobre Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica contra Israel).

Libia afirma que las acciones de Israel en Gaza constituyen actos de genocidio con la intención de destruir a los palestinos como grupo nacional, racial y étnico. La intervención de Libia se centra en la interpretación adecuada de las disposiciones de la Convención sobre el Genocidio, incluidos los deberes de prevenir y castigar el genocidio.

Se ha invitado a Sudáfrica e Israel a presentar sus observaciones escritas sobre la declaración de Libia.

 

 

●      CIJ AUTORIZA A LA OEAAP A PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS RELATIVOS AL DERECHO DE HUELGA (6 de mayo de 2024)

La CIJ autorizó a la Organización de Estados de África, el Caribe y el Pacífico a participar en los procedimientos relativos al derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT.

De conformidad con el artículo 66 de su Estatuto, la Corte decidió que es probable que la OEACP pueda proporcionar información sobre la cuestión planteada a la Corte por la Organización Internacional del Trabajo.



●       CIJ NIEGA SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES DE NICARAGUA EN EL CASO PALESTINA (30 de abril de 2024)

La CIJ emitió su Orden sobre la solicitud de Nicaragua de medidas provisionales en el caso relativo a Presuntos incumplimientos de obligaciones internacionales en el territorio palestino ocupado (Nicaragua c. Alemania). La Corte consideró que las circunstancias no requieren el ejercicio de su facultad de indicar medidas provisionales. La CIJ recordó sus órdenes anteriores en las que expresaba preocupación por la situación de Gaza y recordó a los Estados sus obligaciones internacionales relacionadas con las transferencias de armas a las partes en conflicto, enfatizando que estas obligaciones se aplican a Alemania en su suministro de armas a Israel.

 

 

●       “NOTICIAS MUNDIALES EN BREVES”: VIOLENCIA EN MYANMAR, RESPUESTA DE LOS REFUGIADOS DE BRASIL, DETENIDOS BAHÁ'Í EN YEMEN (20 de mayo de 2024)


- Se intensifica la violencia en Myanmar: La ONU está siguiendo de cerca la escalada de violencia en el estado de Rakhine en Myanmar, particularmente en los municipios de Buthidaung y Maungdaw, donde las renovadas tensiones avivadas por el ejército han desplazado a decenas de miles de civiles, en su mayoría rohingya. Los informes indican escasez de alimentos, aumento vertiginoso de los precios, escasez de agua y propagación de enfermedades en Sittwe. El Alto Comisionado de la ONU, Volker Türk, y otros funcionarios piden una pausa en los combates y la protección de los civiles.


- Elogios por la respuesta de Brasil a los refugiados: Las políticas inclusivas de Brasil para los refugiados, centradas en la protección y la integración, recibieron elogios del Alto Comisionado Adjunto para Operaciones del ACNUR, Raouf Mazou, durante su visita. Destacó proyectos innovadores en São Paulo y Manaos y discutió el Proceso Cartagena+40 en Brasilia. Al mismo tiempo, graves inundaciones en Rio Grande do Sul han afectado a más de dos millones de personas, incluidos 43.000 refugiados. ACNUR está proporcionando ayuda y asistencia técnica.


- Llamado a la liberación de los detenidos bahá'ís en Yemen: Expertos en derechos humanos instaron a la liberación inmediata de cinco individuos bahá'ís detenidos por las autoridades hutíes en Yemen, que corren riesgo de ser torturados. Los expertos, incluida la Relatora Especial Nazila Ghanea, condenaron la persecución y el discurso de odio contra las minorías religiosas, enfatizando la terrible situación de los creyentes bahá'ís en la región.



●       “NOTICIAS MUNDIALES EN BREVE”: NIÑOS EN EL ESTE DE RD ​​CONGO, SENTENCIA DE MUERTE EN IRÁN, APOYO A HAITÍ (13 de mayo de 2024)


Niños en el este de la República Democrática del Congo: el director adjunto de UNICEF, Ted Chaiban, pidió medidas urgentes para abordar la escalada del conflicto en el este de la República Democrática del Congo (RDC), donde los combates han creado la peor crisis humanitaria desde 2003. Con 7,2 millones de desplazados internos, Los niños enfrentan graves violaciones, como ser asesinados, mutilados y reclutados por grupos armados. Chaiban enfatizó la necesidad de esfuerzos diplomáticos para resolver el conflicto y proteger a los civiles.


Sentencia de muerte en Irán: expertos en derechos humanos de la ONU instaron a Irán a revocar la sentencia de muerte contra el activista anticorrupción Mahmoud Mehrabi, condenado por corrupción y otros cargos relacionados con su activismo en línea. Los expertos destacaron los duros castigos impuestos por Irán a la libertad de expresión, señalando que al menos cinco personas fueron condenadas a muerte tras las protestas contra la muerte de la joven activista Mahsa Amini. Pidieron enmiendas a la Constitución y al código penal de Irán para prohibir las ejecuciones.


- Apoyo a los haitianos: Las organizaciones humanitarias continúan brindando ayuda a miles de personas en Puerto Príncipe, Haití, en medio de la violencia de las pandillas. La Oficina de la ONU para la Coordinación de Asuntos Humanitarios informó de ataques en Gressier y desplazamiento de residentes. Actualmente, 362.000 personas están desplazadas en Haití, 160.000 de ellas en la zona de la capital. Desde marzo, el Programa Mundial de Alimentos ha ayudado a más de 800.000 personas en todo el país, incluida la distribución de comidas a 95.000 personas desplazadas en Puerto Príncipe.

 

 

Noticias Regionales

 

 

●       Corte IDH ENCUENTRA RESPONSABLE A EL SALVADOR POR DESAPARICIONES FORZADAS DURANTE EL CONFLICTO ARMADO EN EL CASO SANDOVAL Y OTROS (16 de mayo de 2024)

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) encontró a El Salvador responsable de las desapariciones forzadas de Patricia Emilie Cuéllar Sandoval, Mauricio Cuéllar Cuéllar y Julia Orbelina Pérez durante el conflicto armado. La Corte también concluyó que la desaparición de Patricia Emilie Cuéllar Sandoval violó el derecho a defender los derechos humanos y responsabilizó al Estado por las afectaciones a los familiares de las víctimas.



●       EL SALVADOR VIOLÓ GARANTÍAS JUDICIALES EN EL CASO AGUIRRE MAGAÑA, ENCUENTRA Corte IDH (16 de mayo de 2024)

En el caso Aguirre Magaña vs. El Salvador, la Corte IDH declaró a El Salvador responsable de violar las garantías judiciales y los derechos de protección por falta de debida diligencia y plazo razonable. La Corte señaló que Miguel Ángel Aguirre Magaña no contaba con un recurso efectivo para garantizar sus derechos.



●       Corte IDH PRESENTA INFORME ANUAL 2023 (10 de mayo de 2024)

La jueza Nancy Hernández López presentó el Informe Anual 2023 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos de la OEA. El informe destaca las actividades de la Corte, incluyendo 34 nuevos casos, 24 audiencias públicas y 33 sentencias emitidas. La Corte también hizo hincapié en fallos sobre igualdad, no discriminación y el impacto de la corrupción en la democracia. El informe completo (en español) está disponible aquí.



●       Corte IDH VISITARÁ BRASIL PARA DIÁLOGO DE EMERGENCIA CLIMÁTICA (10 de mayo de 2024)

La Corte IDH visitará Brasil del 20 al 30 de mayo para celebrar su 167º período ordinario de sesiones, centrado en la opinión consultiva “Emergencia climática y derechos humanos”. La sesión incluye audiencias públicas en Brasilia y Manaos, en las que participan 116 delegaciones, y tiene como objetivo abordar los diversos impactos de las emergencias climáticas en la región.



●       Corte IDH CONCLUYE 166° SESIÓN ORDINARIA CON LA DELIBERACIÓN DE CASOS CLAVE (10 de mayo de 2024)

La Corte IDH concluyó su 166º período ordinario de sesiones, celebrado en Barbados de forma presencial y remota.

Durante la sesión, la Corte deliberó sobre varios casos importantes. En el caso Poggioli vs. Venezuela, la Corte examinó alegatos de detención arbitraria y violaciones de garantías y protecciones judiciales en relación con Ovidio Jesús Poggioli Pérez. Otro caso crítico, Comunidades Quilombolas de Alcântara vs. Brasil, abordó las presuntas violaciones de los derechos de propiedad colectiva de 152 comunidades quilombolas en Maranhão, incluidas cuestiones relacionadas con la titulación de tierras, el establecimiento de una base aeroespacial sin la debida consulta, la expropiación de tierras y la falta de de recursos judiciales.

La Corte también se centró en la supervisión del cumplimiento de sus sentencias. Emitió resoluciones en varios casos, entre ellos Brítez Arce vs. Argentina, Aroca Palma vs. Ecuador, Masacres de El Mozote vs. El Salvador, Girón vs. Guatemala, Miskito Divers (Lemoth Morris y otros) vs. Honduras, y Azul Rojas Marín vs. Perú.

 

 

●   Corte IDH CONCLUYE DIÁLOGO DE EMERGENCIA CLIMÁTICA HISTÓRICA EN BARBADOS (30 de abril de 2024)

La Corte IDH concluyó un diálogo histórico sobre “Emergencia climática y derechos humanos” en Barbados. La sesión contó con presentaciones de estados, organizaciones internacionales y la sociedad civil, enfatizando el importante interés global en abordar los impactos del cambio climático en los derechos humanos. Está previsto que el diálogo continúe en Brasil durante la próxima sesión de la Corte entre el 20 y el 30 de mayo de 2024.



●       La CADHP CONDENA EL INTENTO DE GOLPE EN LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO (20 de mayo de 2024)

La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) condenó el intento de golpe de estado en la República Democrática del Congo, enfatizando la importancia de la democracia y las transiciones de poder constitucionales. La Comisión instó a todos los actores a salvaguardar los derechos humanos después.



●       La CADHP CELEBRARÁ SU 79.ª SESIÓN ORDINARIA (9 de mayo de 2024)

La CADHP celebrará su 79° Sesión Ordinaria del 14 de mayo al 3 de junio de 2024 en un formato híbrido. La sesión abordará cuestiones de derechos humanos en África, revisará informes y considerará solicitudes para obtener la condición de observador.



●       La CADHP EXPRESA PREOCUPACIÓN POR LAS INUNDACIONES EN KENIA (3 de mayo de 2024)

La CADHP expresó su preocupación por las devastadoras inundaciones en Kenia, que han causado 200 muertes y desplazado a 150.000 personas. La Comisión instó al gobierno de Kenia a brindar ayuda de emergencia y desarrollar infraestructura resistente a los desastres.



●       CADHP CONMEMORA EL DÍA DE LA LIBERTAD DE PRENSA (3 de mayo de 2024)

La CADHP conmemoró el Día Mundial de la Libertad de Prensa, enfatizando el papel crucial del periodismo para abordar la crisis ambiental. La Comisión pidió la máxima divulgación de información y protección de los periodistas.



●       La CADHP CONVOCA TALLER SOBRE IA Y DERECHOS HUMANOS EN NAIROBI (2 de mayo de 2024)

La CADHP organiza una reunión de validación de expertos en Nairobi para revisar un estudio sobre el impacto de la IA, la robótica y las nuevas tecnologías en los derechos humanos. La reunión tiene como objetivo desarrollar directrices que aborden estas cuestiones emergentes.



●      #DISCOVERYMYAFRICA: CELEBRANDO LA VIDA AFRICANA (2 de mayo de 2024)

La Unión Africana y Google África lanzaron el desafío #DiscoverMyAfrica Shorts Challenge, invitando a los creadores de YouTube a compartir videos que muestren la vida africana. Esta campaña, que forma parte de las celebraciones del Mes de África, tiene como objetivo promover el intercambio cultural y resaltar el potencial creativo de África.



●       CADHP INAUGUA FORO CONJUNTO DE MECANISMOS ESPECIALES (30 de abril de 2024)

La CADHP celebró su Foro Conjunto inaugural de Mecanismos Especiales, centrado en la promoción de los derechos humanos en el continente. Los participantes discutieron el estado de los derechos humanos, la ratificación de instrumentos y el fomento de asociaciones para cerrar las brechas entre aspiraciones y realidades.



●       La CADHP LAMENTA LA MUERTE DE 38 MIGRANTES EN DJIBOUTI (26 de abril de 2024)

La CADHP expresó su profundo pesar por la muerte de 38 migrantes, incluidos niños, en un barco que naufragó frente a la costa de Djibouti. La Comisión pidió rutas migratorias más seguras y el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos para prevenir tales tragedias.



●       LOS TRIBUNALES AFRICANOS Y DE LA CEDEAO REFUERZAN SU ASOCIACIÓN (25 de abril de 2024)

La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos está realizando una visita de intercambio de una semana de duración al Tribunal de Justicia de la CEDEAO en Abuja, Nigeria, para compartir mejores prácticas y fortalecer la cooperación. Esta visita se produce tras la renovación de su Memorando de Entendimiento en junio de 2023, cuyo objetivo es mejorar la impartición de justicia en materia de derechos humanos en África.



●       TEDH: DOMENJOUD V. FRANCIA (16 de mayo de 2024)

Los demandantes, Cédric Domenjoud y Joël Domenjoud, fueron asignados preventivamente a residencia por las autoridades francesas durante el estado de emergencia declarado tras los atentados terroristas de París de noviembre de 2015.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) evaluó si las medidas impuestas a los hermanos constituían una privación o restricción de libertad según el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la legalidad y proporcionalidad de estas medidas según el artículo 2 del Protocolo No. 4. .

El TEDH concluyó que las asignaciones de residencia no excluyen la capacidad de mantener la vida social y los contactos externos. Dada la duración y la implementación de la medida, el Tribunal la consideró una restricción, no una privación, de la libertad, por lo que encontró que la reclamación basada en el artículo 5 era incompatible con el Convenio. En cuanto a la presunta violación del artículo 2 del Protocolo No. 4, la Corte destacó el requisito de que las medidas sean legales, sirvan a un objetivo legítimo y equilibren los intereses públicos e individuales.

Para Cédric Domenjoud, el Tribunal no encontró violación alguna y determinó que la asignación de residencia, a pesar de ser restrictiva, estaba justificada por el objetivo de garantizar el orden público y la seguridad durante la COP 21. La medida era proporcional al objetivo legítimo perseguido, teniendo en cuenta la amenaza de protestas violentas y acciones violentas previas que involucran al solicitante.

Sin embargo, en el caso de Joël Domenjoud, el Tribunal consideró una violación, citando garantías procesales insuficientes. Los tribunales administrativos no evaluaron adecuadamente el riesgo concreto que representaban las acciones de Joël, al no fundamentar la necesidad de medidas restrictivas basadas en su comportamiento o sus planes. El Tribunal señaló el carácter desproporcionado de la restricción, especialmente dada la falta de justificaciones detalladas en los registros administrativos.

El juez Mourou-Vikström no estuvo de acuerdo. Sostuvo que ambos hermanos estaban involucrados en actividades similares y habían participado en las mismas reuniones y acciones relacionadas con las protestas de la COP 21. No encontró ninguna razón de peso para diferenciar entre los dos hermanos en términos del riesgo que representaban o la necesidad de las medidas adoptadas contra ellos.



●       TEDH: LUTGEN V. LUXEMBURGO (16 de mayo de 2024)

El caso involucraba al Sr. André Lutgen, un abogado que fue multado por supuestamente insultar a un juez en un correo electrónico enviado a las autoridades pertinentes para denunciar una situación que consideraba inaceptable. El Sr. Lutgen, en representación de ArcelorMittal, había enviado un correo electrónico al juez, expresando su preocupación de que un retraso en el levantamiento de los sellos de una instalación eléctrica después de un accidente fatal pudiera tener repercusiones económicas. Al no obtener respuesta, planteó la cuestión a los Ministros de Justicia y Economía y al Fiscal del Estado, describiendo la situación como "absolutamente inaceptable" y haciendo referencia a incidentes pasados ​​con el juez.

El TEDH concluyó que los comentarios del Sr. Lutgen eran juicios de valor basados ​​en hechos suficientes y no se hicieron públicos. Las declaraciones, aunque críticas e inapropiadas, no constituyeron insultos gratuitos ni ataques personales. El Tribunal reconoció que el Sr. Lutgen defendía los intereses de su cliente en una situación urgente y consideró injustificadas las sanciones penales. El razonamiento de las autoridades nacionales para las sanciones fue insuficiente y no relevante. El TEDH dictaminó por unanimidad que la condena penal era desproporcionada y violaba la libertad de expresión del Sr. Lutgen en virtud del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. 

 

●       TEDH: MIRZOYAN V. REPÚBLICA CHECA (16 de mayo de 2024)

El demandante, el Sr. Artur Mirzoyan, de nacionalidad rusa, impugnó la negativa de las autoridades checas a prorrogar su permiso de residencia de larga duración con fines comerciales y la denegación de su solicitud de un permiso de residencia de larga duración con fines familiares. Las negativas se basaron en documentos clasificados que indicaban que se lo consideraba una amenaza para la seguridad nacional y el orden público. Estos documentos fueron parcialmente accesibles a su abogado, pero no fueron revelados al propio Sr. Mirzoyan.

El TEDH sostuvo que, si bien las negativas interferían con el derecho del Sr. Mirzoyan al respeto de su vida familiar en virtud del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, esta interferencia estaba justificada. El Tribunal concluyó que las autoridades y los tribunales checos habían proporcionado suficientes garantías procesales y que al demandante se le había dado la oportunidad adecuada de impugnar las decisiones. Los tribunales nacionales tuvieron acceso a la información clasificada y examinaron su credibilidad y confiabilidad, garantizando así que la limitación de los derechos procesales del Sr. Mirzoyan fuera contrarrestada por salvaguardias apropiadas.

El Tribunal también determinó que las autoridades checas habían considerado adecuadamente los vínculos familiares del Sr. Mirzoyan y el interés superior de sus hijos. A pesar de las afirmaciones del demandante, el Tribunal concluyó que no había proporcionado suficiente información sobre su situación familiar y que las autoridades habían sopesado adecuadamente los intereses de seguridad nacional frente a su derecho a la vida familiar. En consecuencia, el Tribunal concluyó que las autoridades checas no habían excedido su margen de apreciación al denegar los permisos de residencia. Por lo tanto, el TEDH no encontró ninguna violación del artículo 8 del Convenio.



●       TEDH: SOMOGYI V. HUNGRÍA (16 de mayo de 2024)

El caso involucró a la Sra. Mária Somogyi, a quien se le ordenó pagar una indemnización por una infracción de los derechos de la personalidad de un municipio después de compartir la publicación de un tercero en Facebook. La publicación criticaba la gestión de la propiedad municipal y el uso de fondos públicos.

El TEDH concluyó que el proceso civil por difamación contra la Sra. Somogyi, que buscaba proteger la reputación del municipio, no perseguía ningún objetivo legítimo según el artículo 10 § 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal destacó que los organismos públicos no tienen derechos fundamentales y que el caso no se refería al ejercicio del poder público sino a derechos de propiedad. También señaló que el municipio, al ser una entidad pública financiada por los contribuyentes, no garantizaba la misma protección legal que los actores competitivos privados.

El TEDH dictaminó por unanimidad que la interferencia con la libertad de expresión de la Sra. Somogyi no estaba justificada y violaba el artículo 10 de la Convención. El Tribunal le otorgó una indemnización por concepto de daño material e inmaterial, así como costas y gastos.

 

 

●       TEDH: MITRESKA V. MACEDONIA DEL NORTE (14 de mayo de 2024)

La demandante, la Sra. Mirjana Mitrevska, ciudadana de Macedonia del Norte, enfrentó dificultades para acceder a información sobre sus orígenes biológicos y a información de salud de sus padres biológicos debido a su condición de niña adoptada. Según la ley de Macedonia del Norte, la información relativa a las adopciones completadas se considera un secreto oficial y no puede divulgarse, lo que impide al solicitante obtener la información deseada.

El TEDH evaluó si las medidas impuestas constituían una violación del derecho de la Sra. Mitrevska al respeto de su vida privada y familiar en virtud del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El caso se centró en el equilibrio entre el interés del Estado en mantener la confidencialidad de los registros de adopción y el derecho del individuo a conocer sus orígenes e historial de salud.

El Tribunal concluyó que las autoridades nacionales no habían logrado lograr un equilibrio entre estos intereses contrapuestos. La falta de disposiciones para el acceso a información no identificable sobre los orígenes de una persona adoptada y la ausencia de excepciones por razones médicas eran deficiencias importantes. Se consideró inadecuada la aplicación generalizada de las leyes de secreto por parte de las autoridades sin considerar las necesidades y argumentos específicos de la demandante, particularmente en lo que respecta a sus problemas de salud.

En conclusión, el TEDH dictaminó que Macedonia del Norte había excedido su margen de apreciación, lo que resultó en una violación del artículo 8 de la Convención.



●       TEDH: BALAN V. MOLDOVA (14 de mayo de 2024)

El Sr. Oleg Balan, ex Ministro del Interior, presentó una demanda por difamación contra el Sr. Renato Usatîi, líder de un partido político de oposición, por declaraciones realizadas en un documento publicado en la página personal de Facebook del Sr. Usatîi. El documento alegaba faltas graves de conducta por parte del Sr. Balan, incluida corrupción y liderazgo inepto. El Sr. Balan argumentó que los tribunales nacionales no protegieron adecuadamente su derecho a la reputación, en violación del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El TEDH evaluó si los tribunales nacionales habían logrado un equilibrio justo entre los derechos en conflicto en virtud de los artículos 8 y 10 del Convenio. La Corte Suprema de Justicia trató al Sr. Usatîi como un periodista de investigación, aplicando una presunción de buena fe, pero no analizó cuidadosamente la protección de la reputación del Sr. Balan.

El TEDH encontró que la Corte Suprema no sopesó adecuadamente los elementos del caso, como la autenticidad de la Nota, los esfuerzos para verificar su contenido y la manera en que fue presentada al público. El hecho de no lograr un equilibrio justo resultó en una violación de los derechos del Sr. Balan en virtud del artículo 8.



●       TEDH: A.K. contra RUSIA (7 de mayo de 2024)

La demandante, la Sra. A.K., profesora de música en un centro educativo estatal en San Petersburgo, fue despedida de su puesto debido a fotografías publicadas en su perfil privado en las redes sociales. Las fotos la mostraban mostrando afecto a sus parejas íntimas e incluían un gesto con el dedo medio. La demandante afirmó que su despido fue discriminatorio y se basó en su orientación sexual, violando sus derechos en virtud del artículo 8 (derecho a la vida privada) y el artículo 14 (derecho a la no discriminación) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El TEDH evaluó si el despido constituía una interferencia desproporcionada con su derecho a la vida privada según el artículo 8 y si era discriminatorio según el artículo 14. El Tribunal concluyó que las fotografías no eran obscenas ni sexualmente explícitas y no calificaban como actos inmorales. El despido, al ser la sanción más restrictiva, se consideró desproporcionado, sobre todo porque no se consideraron otras medidas disciplinarias.

El TEDH dictaminó que el despido se basó únicamente en consideraciones de orientación sexual sin razones particularmente convincentes y de peso, lo que constituyó discriminación. En consecuencia, el Tribunal encontró violaciones tanto del artículo 8 (derecho a la vida privada) como del artículo 14 (derecho a la no discriminación) en relación con el artículo 8.

 

 

●       TEDH: BIBA V. ALBANIA (7 de mayo de 2024)

El Sr. Tonin Biba presentó una denuncia contra Albania a raíz de una grave lesión sufrida por su hijo D.B. en una escuela privada. La lesión se produjo cuando otro alumno utilizó una catapulta de goma para disparar un proyectil, lo que provocó que D.B. una pérdida del 90% de la visión en su ojo derecho.

El TEDH evaluó si el Estado cumplió con sus obligaciones positivas en virtud del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho al respeto de la vida privada y familiar) y la idoneidad del procedimiento civil relativo a la indemnización del daño.

El TEDH examinó si los tribunales nacionales brindaron suficiente protección a la integridad física de D.B. y abordaron adecuadamente las reclamaciones del Sr. Biba. El Tribunal destacó que las instituciones educativas tienen la obligación de supervisar a los alumnos durante su estancia en la escuela, incluidos los descansos entre clases. Destacó la importancia de prevenir el uso de objetos peligrosos en las instalaciones escolares y garantizar medidas inmediatas y efectivas en caso de incidentes.

El Tribunal concluyó que los tribunales nacionales no abordaron aspectos cruciales del caso. No consideraron adecuadamente las afirmaciones del solicitante sobre la presencia de catapultas en la escuela o la falta de acción inmediata de la escuela después del incidente. Además, el recurso civil disponible no brindaba protección suficiente contra el ataque a la integridad física de D.B. La Corte concluyó que los mecanismos legales internos se aplicaron de manera defectuosa, incumpliendo las obligaciones positivas del Estado bajo el artículo 8 de la Convención.

En cuanto al artículo 6.1 (derecho a un proceso justo), el Tribunal consideró que el Sr. Biba fue privado de acceso a un tribunal debido a que se desestimó su recurso constitucional por haber sido presentado fuera del plazo de cuatro meses. El Tribunal dictaminó que el plazo debería haberse calculado a partir de la fecha en que se notificó al demandante la decisión del Tribunal Supremo, no a partir de la fecha de su emisión.

El TEDH encontró una violación del artículo 8 y del artículo 6 § 1 de la Convención, enfatizando la necesidad de una protección efectiva y una revisión judicial oportuna en los casos que involucran la integridad física de los niños.

Los jueces Pastor Vilanova, Schukking y Roosma expresaron una opinión disidente, argumentando que los tribunales internos habían aplicado las disposiciones legales pertinentes de manera razonable y que el incidente no ameritaba responsabilizar al Estado por la negligencia de una entidad privada.



●       TEDH: A. D. Y OTROS V. SUECIA (7 de mayo de 2024)

Los solicitantes, una familia de cinco ciudadanos albaneses (A.D., M.D. y sus tres hijos), se enfrentaban a su expulsión a Albania tras el rechazo de su solicitud de asilo por parte de las autoridades suecas. Afirmaron que su regreso los expondría a un riesgo de malos tratos por parte de agentes no estatales y que las autoridades albanesas no podían ofrecerles la protección adecuada.

El TEDH evaluó si la expulsión de los solicitantes constituiría una violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe la tortura y los tratos inhumanos o degradantes.

El TEDH concluyó que los procedimientos internos en Suecia ofrecían garantías efectivas para proteger a los solicitantes contra la devolución arbitraria y no adolecían de defectos. El Tribunal señaló que los demandantes tuvieron oportunidades de presentar su caso y contaron con la asistencia de un abogado. La Agencia Sueca de Migración y el Tribunal de Migración evaluaron minuciosamente las reclamaciones de los solicitantes y proporcionaron los motivos pertinentes para sus decisiones.

En cuanto al riesgo de malos tratos, el TEDH reconoció las denuncias de los demandantes sobre amenazas y ataques en Albania, pero no encontró pruebas de que las autoridades albanesas se hubieran negado a actuar sobre sus informes o de que denunciar los crímenes hubiera agravado su situación. El Tribunal reconoció que Albania tiene un sistema judicial que funciona en gran medida y ha realizado esfuerzos para combatir la corrupción y mejorar la aplicación de la ley. El TEDH concluyó que las autoridades albanesas no podían o no querían brindar la protección adecuada a los solicitantes.

El Tribunal dictaminó por unanimidad que la expulsión de los demandantes a Albania no violaría el artículo 3 del Convenio. Decidió mantener la medida provisional indicando que los demandantes no deberían ser expulsados ​​hasta que la sentencia adquiera firmeza.

 

 

●       TEDH: THOMAIDIS V. GRECIA (7 de mayo de 2024)

Kyriakos Thomaidis, periodista, se enfrentaba a responsabilidad civil y se le ordenó pagar una indemnización por difundir materiales relacionados con presuntos amaño de partidos en el fútbol griego en su programa de televisión en directo. Los materiales incluían declaraciones de un testigo de un expediente de investigación criminal y conversaciones interceptadas ilegalmente.

El TEDH evaluó si estas transmisiones traspasaron los límites del periodismo responsable según el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (libertad de expresión). El Tribunal consideró si los tribunales nacionales habían proporcionado razones pertinentes y suficientes para sus decisiones y si se habían adherido a los principios del artículo 10.

El TEDH concluyó que la difusión de la declaración de los testigos y de las conversaciones interceptadas era ilegal y que el contenido de las transmisiones era intencionalmente difamatorio hacia V.M., el presidente de un club de fútbol involucrado en las acusaciones de arreglo de partidos. El Tribunal señaló que la información revelada ya era conocida por el público y no contribuía al debate público sobre el amaño de partidos. Más bien, las transmisiones tenían como objetivo el sensacionalismo y empañar la reputación de V.M.

El TEDH concluyó que los tribunales nacionales habían equilibrado adecuadamente el derecho a la libertad de expresión con la protección de la reputación y la confidencialidad de las investigaciones judiciales. El Tribunal dictaminó que la interferencia con la libertad periodística de Thomaidis era necesaria en una sociedad democrática y dentro del margen de apreciación otorgado a las autoridades nacionales. Por lo tanto, el TEDH no encontró ninguna violación del artículo 10 del Convenio.



●       TEDH: TSAAVA Y OTROS V. GEORGIA (7 de mayo de 2024)

Los solicitantes son 26 ciudadanos georgianos que participaron en una protesta los días 20 y 21 de junio de 2019, frente al edificio del Parlamento en Tbilisi. La protesta fue provocada por un miembro de la Duma rusa que pronunció un discurso en ruso desde la presidencia del Parlamento de Georgia durante una sesión de la Asamblea Interparlamentaria sobre la Ortodoxia. Los solicitantes eran participantes en la manifestación o periodistas que cubrían el evento. Alegan uso excesivo de la fuerza por parte de las autoridades, lo que resultó en lesiones, falta de una investigación efectiva y violaciones de sus derechos en virtud de los artículos 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes), 10 (libertad de expresión), 11 (libertad de reunión). ), y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Algunos demandantes también afirman que el gobierno no cumplió con su deber de informar al Tribunal sobre los acontecimientos relevantes previstos en el artículo 38 (examen del caso).

El TEDH señaló que las autoridades georgianas habían iniciado rápidamente una investigación oficial sobre los hechos, tomando medidas importantes para recopilar pruebas y garantizar el escrutinio público. Sin embargo, la investigación no había concluido después de más de cuatro años y no logró avances suficientes en varias áreas clave.

Para los solicitantes que alegaban malos tratos físicos, las autoridades abrieron una investigación penal y tomaron medidas iniciales rápidas, pero sus esfuerzos por identificar a los sospechosos y aclarar las circunstancias de las lesiones fueron insuficientes. El Tribunal señaló que no se obtuvieron grabaciones de vídeo del patio del Parlamento y no se extrajeron conclusiones sobre la conducta de los agentes identificados. Dadas estas deficiencias, el Tribunal concluyó que la investigación penal en curso no había cumplido con el requisito de efectividad, violando así el aspecto procesal del artículo 3 de la Convención.

El Tribunal reconoció la naturaleza caótica y violenta de los acontecimientos, pero enfatizó que cualquier uso de la fuerza por parte de las fuerzas del orden debe ser necesario y proporcionado. Dadas las deficiencias en la investigación y la naturaleza del proceso interno en curso, la Corte se abstuvo de pronunciarse sobre el fondo del aspecto sustantivo del artículo 3.

El Tribunal decidió abstenerse de examinar las denuncias en virtud de los artículos 10 y 11, vinculándolas con las denuncias sustantivas no resueltas en virtud del artículo 3.

En conclusión, el Tribunal concluyó que el Gobierno cumplió con las obligaciones del artículo 38, ya que la Ley de Amnistía era de conocimiento público y los documentos redactados no impidieron una evaluación adecuada del caso.

 

 

●     TEDH: THE J. PAUL GETTY TRUST Y OTROS V. ITALIA (2 de mayo de 2024)

El caso involucró al J. Paul Getty Trust y sus fideicomisarios, quienes impugnaron una orden de confiscación italiana de la "Juventud Victoriosa", una estatua de bronce que data de la antigua Grecia. La estatua, que actualmente se encuentra en el Museo Getty Villa en Malibú, supuestamente fue comprada ilegalmente por el Trust.

El TEDH dictaminó que no hubo violación del artículo 1 del Protocolo No. 1 (derecho a la propiedad). El Tribunal confirmó la orden de confiscación italiana, enfatizando la importancia de proteger el patrimonio cultural y la necesidad de la debida diligencia al adquirir bienes culturales.

La Corte reconoció la protección del patrimonio cultural como un objetivo legítimo, respaldado por instrumentos internacionales como la Convención de la UNESCO. Destacó la importancia del acceso público a los bienes culturales. Además, la orden de decomiso tenía un fundamento jurídico claro en el derecho italiano, que los demandantes deberían haber conocido. La falta de un plazo para recuperar los objetos culturales robados, si bien se señaló, no se consideró una violación.

Si bien no se pronunció explícitamente sobre la propiedad, el Tribunal consideró razonable la afirmación de las autoridades italianas de que la estatua era parte de su patrimonio cultural. Destacó la negligencia del Getty Trust al comprar la estatua a pesar de conocer los reclamos italianos y los esfuerzos de recuperación en curso. El Tribunal destacó el alto nivel de diligencia que se requiere al comprar bienes culturales.

Finalmente, la Corte consideró el margen de apreciación del Estado en la protección del patrimonio cultural y la falta de instrumentos internacionales aplicables al momento de la compra. Consideró que la orden de confiscación era proporcionada debido a la negligencia del Getty Trust y a la importancia de devolver la estatua a su país de origen.

En una opinión parcialmente disidente, el juez Wojtyczek, si bien estuvo de acuerdo con la importancia de proteger el patrimonio cultural, no estuvo de acuerdo con la mayoría sobre la admisibilidad de la solicitud. Argumentó que la posesión del Getty Trust sin un título válido no constituía un "interés de propiedad" protegido por el Artículo 1 del Protocolo No. 1. Creía que las conclusiones de los tribunales italianos sobre la propiedad de la estatua deberían ser confirmadas, lo que hacía que la solicitud fuera manifiestamente ilegal. fundado. También criticó que el Tribunal se basara en casos relacionados con la propiedad de la tierra cuando abordaba la cuestión de los bienes culturales.

 

 

Oportunidades Académicas y Profesionales



●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: MALDIVAS Y EL DERECHO INTERNACIONAL

La Facultad de Sharia y Derecho de Villa College invita a presentar presentaciones para un volumen editado que explora la intrincada relación entre Maldivas y el derecho internacional. Las contribuciones deben analizar diversos aspectos del compromiso de Maldivas con el derecho internacional, incluida la práctica de tratados, la invocación judicial, la delimitación marítima, el cambio climático, el comercio internacional, las cuestiones de soberanía, los derechos humanos y la participación en organismos internacionales. Envíe un resumen de 250 a 300 palabras antes del 15 de junio de 2024. Los capítulos completos (6000 a 8000 palabras) deben entregarse antes del 30 de septiembre de 2024. Para consultas, comuníquese con Mohd Imran en mohd.imran@villacollege.edu.mv o +9609842004.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: AVANCE DE LA IA EN ÁFRICA

La Universidad de Pretoria, junto con otras universidades, invita a presentar resúmenes de 300 palabras sobre IA, cuestiones jurídicas, de derechos humanos y éticas en África. Los trabajos aceptados se someterán a una revisión por pares doble ciego. Fecha límite para resúmenes: 30 de mayo de 2024. Los borradores de capítulos deben entregarse antes del 20 de diciembre de 2024.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: APLICACIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL

Se invitan contribuciones para una conferencia que explore la aplicación del derecho ambiental internacional. Se aceptan artículos interdisciplinarios y en coautoría. Envíe resúmenes a ielconference@uoc.edu o paolo.farah@glawcal.org.uk antes del 1 de julio de 2024.


●       CONVOCATORIA DE ARTÍCULOS: ANUARIO EUROPEO DE DERECHO CONSTITUCIONAL (EYCL), VOLUMEN 7 (2025)

El Anuario Europeo de Derecho Constitucional invita a presentar presentaciones para su volumen de 2025 sobre 'Los derechos fundamentales en tiempos de crisis'. Las propuestas (350-500 palabras) deben abordar la intersección de los derechos fundamentales y las crisis, como la pandemia de Covid-19 o la crisis climática. Envíe las propuestas a eycl@uvt.nl antes del 1 de junio de 2024. Los solicitantes seleccionados serán notificados antes del 1 de julio de 2024 y los artículos completos (hasta 10 000 palabras) deberán entregarse antes del 1 de diciembre de 2024.


●       CONVOCATORIA DE CAPÍTULOS: VIOLENCIA DE GÉNERO Y RELIGIÓN

Se invita a presentar presentaciones para capítulos sobre la interacción entre la violencia de género y la religión. Los temas incluyen el estatus religioso y las leyes de familia, los derechos reproductivos, la violencia en las instituciones religiosas y las críticas feministas a los marcos legales internacionales. Los artículos completos (5000 – 7000 palabras) deben entregarse antes del 15 de junio de 2024. Envíelos a academicwork2024@gmail.com.


●       CONVOCATORIA DE PROPUESTAS PARA EL CAPÍTULO: ENFOQUES DE INVESTIGACIÓN EMPÍRICA SOBRE LAS EMPRESAS, LOS DERECHOS HUMANOS Y EL MEDIO AMBIENTE

Se invita a los investigadores a enviar resúmenes de capítulos sobre desafíos metodológicos en la investigación empírica sobre empresas, derechos humanos y medio ambiente. Los resúmenes (600 palabras) deben entregarse antes del 30 de septiembre de 2024. Envíelos a beyondboundariesbhre@gmail.com. Los capítulos completos deben entregarse antes del 28 de febrero de 2025.

 

●       CONVOCATORIA DE RESÚMENES: JUSTICIA DISTRIBUTIVA EN DERECHO INTERNACIONAL

LUISS Guido Carli, la Universidad de Cambridge y el Instituto Universitario Europeo invitan a presentar resúmenes para una conferencia sobre "Justicia distributiva en el derecho internacional" del 3 al 4 de octubre de 2024 en Roma. Los resúmenes deben abordar las dimensiones de la justicia distributiva en el derecho internacional y estar limitados a 500 palabras, acompañados de una biografía de 200 palabras. Envíe los resúmenes a distributivejusticeconference@luiss.it antes del 30 de junio de 2024. Los solicitantes seleccionados serán notificados antes del 15 de julio de 2024 y se les pedirá que envíen un manuscrito o documento conceptual antes del 10 de septiembre de 2024.


●       CONCURSO DE ESCRITURA PARA ESTUDIANTES DE DERECHO DE SALUD GLOBAL DE ASIL

La Sociedad Estadounidense de Derecho Internacional (ASIL) anuncia su Concurso anual de redacción para estudiantes sobre derecho sanitario global. El concurso está abierto a artículos inéditos de entre 5.000 y 8.000 palabras, en inglés, a doble espacio, siguiendo un estilo de citación académica. Los autores ganadores recibirán un premio por sus contribuciones destacadas. Presentar antes del 1 de julio de 2024.


●       CURSOS DE VERANO DE LA ACADEMIA DE LA HAYA

La Academia de Derecho Internacional de La Haya organiza sus tradicionales Cursos de Verano sobre Derecho Internacional Público (del 8 al 26 de julio de 2024) y Derecho Internacional Privado (del 29 de julio al 16 de agosto de 2024). La inscripción para la versión online está abierta hasta el 30 de junio de 2024.


●       PROGRAMA DE CAPACITACIÓN SOBRE DESARME Y NO PROLIFERACIÓN DE ADM 2024, T.M.C. INSTITUTO ASSER

El Instituto Asser y la OPAQ ofrecen un programa de formación sobre desarme y no proliferación de armas de destrucción masiva del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2024 en La Haya. El programa cubre los marcos internacionales de no proliferación y desarme e incluye visitas sobre el terreno y oportunidades para establecer contactos. La tarifa es de 1.695 €, con becas disponibles del Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos y la OPAQ. Las solicitudes para becas MFA deben presentarse antes del 23 de junio de 2024, y para las becas de la OPAQ, antes del 23 de julio de 2024. Regístrese a través del sitio web del Instituto Asser.


●       MAESTRÍA EN DERECHOS HUMANOS Y GESTIÓN DE CONFLICTOS, SCUOLA SUPERIORE SANT’ANNA

La Maestría en Derechos Humanos y Gestión de Conflictos de la Scuola Superiore Sant'Anna, Italia, ofrece una comprensión profunda de los vínculos entre los derechos humanos y la teoría y la práctica de la gestión de conflictos. El programa se extiende desde el 8 de enero de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026 e incluye 450 horas de clases presenciales y una pasantía de 480 horas a partir de agosto/septiembre de 2025. La matrícula es de 6.500 € para la primera ronda de selección. Las solicitudes deben presentarse antes del 4 de julio de 2024 para la primera ronda y antes del 12 de septiembre de 2024 para la segunda ronda. Es posible que haya becas disponibles para ciudadanos de países que no pertenecen a la OCDE. Aplicar a través del sitio web oficial.


●       INVESTIGADOR POSTDOCTORAL Y DOCTORADO EN DERECHO, UNIVERSIDAD DE HELSINKI

La Facultad de Derecho invita a presentar solicitudes para dos puestos de investigador postdoctoral y uno de doctorado, vinculados al proyecto REBOUND para un futuro ártico resiliente y justo. Los postdoctorados impartirán aproximadamente 40 horas al año y los investigadores de doctorado unas 20 horas al año. Los salarios oscilan entre 29.500 y 46.000 euros al año. Presentar su solicitud antes del 27 de mayo de 2024.


●       BECARIO DE EMISIONES NEGATIVAS, UNIVERSIDAD DE COLUMBIA

El Centro Sabin busca un becario de investigación posdoctoral para contribuir a su iniciativa sobre gestión de carbono y tecnologías de emisiones negativas. Las responsabilidades incluyen realizar investigaciones independientes, publicar informes y artículos técnicos, evaluar marcos legales, desarrollar presentaciones y organizar eventos. Este puesto de un año ofrece un rango salarial de $ 78 000 a $ 85 000, con la posibilidad de renovación dependiendo de la financiación. Los solicitantes deben tener un J.D., un J.D. equivalente o un LL.M., y entre 0 y 3 años de experiencia jurídica profesional. Postúlate enviando una carta de presentación y CV a negativoemissionsfellow@gmail.com antes del 30 de mayo de 2024.


●       PROFESOR ADJUNTO DE DERECHO INTERNACIONAL, UNIVERSIDAD DE AMSTERDAM

La Facultad de Derecho de la Universidad de Amsterdam busca un profesor asistente de derecho internacional. Sus responsabilidades incluyen enseñar en el Programa de Licenciatura en Derecho (en holandés) y el LLM en Derecho Internacional Público (en inglés), supervisar equipos de tribunales simulados y realizar investigaciones independientes. Los candidatos deben tener un doctorado en Derecho Internacional Público o un campo relacionado y dominar tanto el holandés como el inglés. El puesto ofrece un salario de 4.332 € a 5.929 € al mes por una semana de 38 horas. Solicite antes del 2 de junio de 2024.

 

●       OFICIAL ASOCIADO DEL PROGRAMA DE TERRENO (P-2), CPI

El Fondo Fiduciario para las Víctimas de la Corte Penal Internacional busca un oficial asociado de programas de campo con sede en Kampala, Uganda. Sus deberes incluyen la supervisión operativa de los proyectos, el seguimiento de la calidad y el desempeño, la gestión de la base de datos de víctimas-beneficiarios y la participación en la selección de socios implementadores. Los solicitantes necesitan un título universitario avanzado en un campo relevante y un mínimo de dos años (cuatro años con un título universitario de primer nivel) de experiencia laboral progresivamente responsable en el campo. El puesto ofrece un salario mínimo neto anual de 65.356 dólares. Se requiere dominio del francés o del inglés. Presentar su solicitud antes del 8 de junio de 2024.


●       MIEMBROS EXPERTOS DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ÁFRICA

La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos invita a presentar solicitudes para miembros expertos independientes del Grupo de Trabajo sobre los derechos de las personas mayores y las personas con discapacidad en África. Los candidatos deben ser ciudadanos de Estados miembros de la Unión Africana con experiencia comprobada en derechos humanos. El plazo es de dos años. Envíe una carta de presentación, un CV detallado y los documentos pertinentes a au-banjul@africa-union.org y africancommission@yahoo.com antes del 13 de junio de 2024.


●       ASISTENTE DE PROYECTOS DE APRENDIZAJE Y DESARROLLO, UNICEF

UNICEF Dinamarca busca un asistente de proyectos de aprendizaje y desarrollo para una asignación de 12 meses a partir del 17 de junio de 2024 en Copenhague. Las responsabilidades incluyen la gestión de proyectos de desarrollo profesional y de capacidad, la participación de las partes interesadas y la medición del impacto. Los candidatos deben tener tres años de experiencia relevante y una licenciatura. Se requiere fluidez en inglés; Francés y español son deseables. El subsidio de subsistencia mensual es de 24.474,08 coronas danesas. Presente su solicitud antes del 28 de mayo de 2024. Para obtener más detalles, visite el sitio web de UNICEF.


●       PROGRAMA DE PASANTÍAS, OEA

Las solicitudes están abiertas para las pasantías de la Sesión de Otoño de 2024 (Washington D.C.) y la Sesión III (Oficinas de País), ya sea presencial o remota. Las pasantías se realizarán del 5 de septiembre al 29 de noviembre de 2024. Solicite antes del 7 de junio de 2024.


●       CONSULTOR EN COOPERACIÓN JURÍDICA, OEA

El Departamento de Cooperación Jurídica (DLC) de la Secretaría de Asuntos Jurídicos (SLA) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) busca un Consultor en Cooperación Jurídica. Sus responsabilidades incluyen apoyar iniciativas del MESICIC y la REMJA, preparar diversos documentos e informes y coordinar reuniones y talleres. Este puesto de 6 meses, con sede en Washington D.C., ofrece una tarifa de consultoría de $5000, con posibilidad de renovación. Solicite antes del 31 de mayo de 2024.


●       J.R. OFICIAL DE PROYECTOS (P01), DEPARTAMENTO DE DEMOCRACIA SOSTENIBLE Y MISIONES ESPECIALES DE LA OEA

El Departamento de Democracia Sostenible y Misiones Especiales de la OEA busca un Oficial de Proyectos Jr. para apoyar proyectos de democracia y gobernabilidad. Las responsabilidades incluyen organizar reuniones y eventos, realizar investigaciones, redactar informes y ayudar en la ejecución de proyectos. Este puesto de 6 meses, con sede en Washington D.C., ofrece un salario anual de US$ 39.401 más un ajuste por lugar de destino de US$ 27.660. Solicite antes del 30 de mayo de 2024.

 

●       OFICIAL DE PROYECTO (P02), DEPARTAMENTO DE LA OEA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSNACIONAL

El Departamento contra el Crimen Organizado Transnacional en Washington D.C. está buscando un Oficial de Proyecto para apoyar al Director y Especialista Técnico del DTOC en la coordinación e implementación de programas relacionados con la lucha contra el crimen organizado transnacional (TOC) y el lavado de dinero (AML). Los deberes incluyen investigación, desarrollo de proyectos, seguimiento de la ejecución y apoyo a las iniciativas del departamento. Los solicitantes deben tener título de Licenciatura y 4 años de experiencia o Maestría y 2 años de experiencia. El salario básico anual es de 50.377 dólares de los EE.UU. con un ajuste adicional por lugar de destino de 35.365 dólares de los EE.UU. Solicite antes del 29 de mayo de 2024.


●       OFICIAL TÉCNICO (P04), DEPARTAMENTO DE LA OEA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSNACIONAL

El Departamento contra la Delincuencia Organizada Transnacional en Washington D.C. está contratando un Oficial Técnico para dirigir y coordinar actividades específicas del departamento, brindar asistencia técnica y administrar los presupuestos de los proyectos. El puesto requiere título de Licenciatura y 11 años de experiencia, Maestría y 7 años de experiencia, o Doctorado y 4 años de experiencia. El salario básico anual es de 77.326 dólares de los EE.UU. con un ajuste adicional por lugar de destino de 54.283 dólares de los EE.UU. Solicite antes del 29 de mayo de 2024.


●       EXPERTO JURÍDICO, TRIBUNAL DE MEDIO AMBIENTE Y TIERRAS, NAIROBI, KENIA

El Tribunal de Medio Ambiente y Tierras de Nairobi está buscando un experto jurídico para desarrollar un curso en línea sobre la aplicación de los derechos ambientales y climáticos y un manual para litigantes pro-se. Los candidatos deben tener una licenciatura en derecho o campos relacionados y 12 años de experiencia en justicia ambiental y climática. Solicite antes del 30 de mayo de 2024.


●       ESPECIALISTA DE PROGRAMA, PNUD, BRASILIA, BRASIL

El PNUD en Brasilia busca un Especialista de Programa para gestionar la Unidad de Gobernanza y Justicia para el Desarrollo. Las responsabilidades incluyen planificación estratégica, gestión de proyectos, asesoramiento sobre políticas y desarrollo de asociaciones. Los candidatos deben tener título de Maestría y 5 años de experiencia o Licenciatura y 7 años de experiencia. Se requiere fluidez en inglés, español y portugués. Solicite antes del 29 de mayo de 2024.


●       ASOCIADO TÉCNICO, PNUD, BRASILIA, BRASIL

El PNUD contrata un Asociado Técnico para el proyecto del sistema socioeducativo en Brasilia. El rol implica apoyar la implementación y el seguimiento de las acciones del proyecto. Los candidatos deben tener un diploma de escuela secundaria y 7 años de experiencia o una licenciatura y 4 años de experiencia en campos relevantes. Se requiere dominio del portugués. Solicite antes del 31 de mayo de 2024.


●       FUNCIONARIO JURÍDICO P2 – ROMA, ITALIA, PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS

El PMA busca cubrir dos puestos de Oficial Jurídico P2 en sus sucursales LEGC y LEGM. Las funciones implican investigación jurídica, redacción de documentos y prestación de asesoramiento jurídico sobre gobernanza y operaciones de la cadena de suministro. Se requiere título avanzado en derecho. Se prefiere dominio del inglés y otro idioma de las Naciones Unidas. El salario anual incluye ajuste básico y por lugar de destino. Solicite antes del 5 de junio de 2024.



Noticias del Instituto

 

●       FNI PRESENTA A LAS NACIONES UNIDAS UN INFORME SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS NIÑOS EN EL DEPORTE

 


El Instituto de Hechos y Normas (FNI) ha presentado un informe completo titulado "Violence Against Women and Children in Sport" al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra mujeres y niñas.



El informe proporciona un análisis conceptual de la violencia física, psicológica, económica y digital en el deporte. Destaca los mayores riesgos y vulnerabilidades que enfrentan las mujeres y los niños, particularmente aquellos que provienen de entornos marginados e interseccionales.


 

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